menu
search
Policiales Caso Trigatti | Justicia | mpa

Caso Trigatti: el riesgo de perder de vista el verdadero foco de una investigación judicial

¿Culpable o inocente? Dos fallos que hablan más del accionar de la Justicia, el MPA y la policía; que de las pruebas recabadas. Tiempo de definiciones.

Desde un principio, la Causa Trigatti dividió miradas de maneras inflexibles: para unos, se trata de un inocente condenado, a quien le están arruinando la vida; para otros, no hay dudas de que es un abusador y resulta inaceptable que esté en libertad.

No es extraño que esto suceda. Sobre todo, frente a este tipo de casos en los que se investigan cuestiones tan sensibles —nada menos que la posibilidad de que cinco niñas de un jardín fueran abusadas— y en los que no siempre aparecen pruebas absolutamente irrefutables, o que reduzcan a una mínima expresión las posibilidades de debate o de dudas.

A estas alturas de las circunstancias, la situación se puede resumir de la siguiente manera: para un grupo de jueces, a las nenas las convencieron de que el profesor de Educación Física tocó sus partes íntimas y, por lo tanto, fueron abusadas. Para otros, no hay por qué dudar del relato de las niñas. Apenas de esto pende el desenlace final de esta causa.

Manifestación Juan Trigatti Tribunales 1.jpg
Este sábado se realiza una marcha a favor de Juan Trigatti. Pero más allá de las posturas personales, lo importante será en definitiva lo que resuelva la Justicia.

Este sábado se realiza una marcha a favor de Juan Trigatti. Pero más allá de las posturas personales, lo importante será en definitiva lo que resuelva la Justicia.

Sin embargo, a lo largo del tiempo transcurrido desde la primera denuncia, en el Caso Trigatti se sumaron situaciones que no tuvieron que ver directamente con los hechos denunciados, pero contribuyeron a multiplicar el debate y las dudas sobre la culpabilidad o la inocencia de este hombre.

No fueron Juan Trigatti, las supuestas víctimas, ni tampoco las familias de las niñas; los responsables de contribuir a este estado de perplejidad.

Quienes contribuyeron a profundizar este escenario de suspicacias fueron los mismos encargados de hacer Justicia: investigadores policiales, fiscales del MPA, abogados intervinientes, organismos de Minoridad e, incluso, los jueces que participaron de los fallos que absolvieron y condenaron a este profesor.

No se trata de una conclusión antojadiza, sino que se sostiene sobre una serie de hechos que desde un primer momento fueron públicos:

  • El día en que la situación estalló frente a la mirada de la sociedad, con protestas de padres frente al Jardín Ceferino Namuncurá, la Policía no resguardó las cámaras de seguridad del establecimiento. Si hubiesen preservado ese material, el devenir de este caso seguramente hubiese sido otro, ya sea para culpar o para exculpar al docente.
  • La primera fiscal que tomó la causa desde el MPA, Alejandra del Río Ayala, era clienta de la abogada Carolina Walker, representante de familias de estas niñas supuestamente abusadas.
  • A su vez, Carolina Walker compartía estudio jurídico con la abogada Agustina Taboada, la primera que recibió las denuncias como integrante del equipo del área de Niñez de la Municipalidad de Santa Fe.

Probablemente ninguna de estas tres circunstancias haya incidido directa o indirectamente en la culpabilidad o inocencia de Trigatti, pero sería de necios negar que contribuyen a incrementar las dudas sobre el caso.

En declaraciones a AIRE, la abogada Carolina Walker aseguró que "a la fiscal la representé una única vez, hace más de cinco años, por una situación grave de violencia de género cometida por un abogado de la matrícula"; y en el caso de Agustina Taboada, "cumplió órdenes dispuestas por el director del Servicio Local de Niñez de la Municipalidad, entrevistando a tres de las niñas, que nada le manifestaron con relación a los abusos presuntamente sufridos".

"Yo comparecí en mayo, siete meses después, cuando ya estaba terminada la investigación y presentada la acusación fiscal. No participé la investigación penal preparatoria, ni de ninguna de las cámara Gesell... Y además, lo hice en representación de la cuarta niña, que no había sido entrevistada por Taboada. Y también es importante que se sepa que fui recomendada por la Asociación Civil Pañuelos Amarillos", añadió.

Caso Trigatti: errores, miradas divergentes y la imperiosa necesidad de conocer la verdad

El objetivo final de todo proceso judicial es determinar si una o más personas cometieron delito, y a partir de ahí establecer las penas correspondientes. El proceso investigativo, la recolección de pruebas y de testimonios, representan los fundamentos imprescindibles para sostener cualquier tipo de conclusión.

Pero a estas alturas de las circunstancias, el Caso Trigatti parece haber mutado en una suerte de pugna entre distintas miradas, modos de actuar y de valorar las pruebas, que subyacen en el seno del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Acusación.

Sentencia Caso Trigatti
Trigatti fue absuelto en 2024 tras un juicio oral y luego fue condenado en un fallo dictado por tres jueces de la Cámara de Apelaciones.

Trigatti fue absuelto en 2024 tras un juicio oral y luego fue condenado en un fallo dictado por tres jueces de la Cámara de Apelaciones.

De la lectura de los fallos, surge que gran parte de los argumentos se destinan a evaluar el modo de actuación de la Justicia, de la policía y de los organismos de minoridad.

Jueces que piden investigar a policías; jueces que piden investigar a fiscales; abogados socios, de un lado y del otro del mostrador; una fiscal, clienta de una de las abogadas del caso; jueces que son críticos de otros jueces por considerar que avalaron métodos de entrevista inadecuados.

Según el fiscal regional, Jorge Nessier, los segundos jueces consideraron que el primer tribunal aceptó que se utilizara un método para entrevistar a las menores, que "no es propio de las ciencias jurídicas" y que, incluso, está cuestionado en la psicología.

La pregunta obvia retumba: ¿en Santa Fe existen psicólogos que utilizan y jueces que aceptan métodos que no están avalados jurídicamente para entrevistar a menores de edad?

Pero mientras todo esto transcurre, el interrogante crucial sigue en pie: ¿la justicia cuenta con las pruebas suficientes para condenar a Trigatti?

Es necesario que el MPA, los organismos de seguridad y el Poder Judicial acuerden cuál es la mejor manera de realizar sus trabajos. Pero más importante es probar si Trigatti es o no culpable y confirmar, sin lugar a dudas, si las niñas fueron o no abusadas.

Porque mientras los paradigmas judiciales parecen estar en crisis —entre los mismos actores de la Justicia—; el destino de un hombre, de cinco niñas y de las familias de unos y otros, se parece demasiado a una moneda en el aire.

Los primeros jueces critican a fiscales, abogados y policías

De las lecturas de los dos fallos conocidos hasta el momento, el que absuelve a Trigatti y el que lo condena, surge un mismo hilo conductor: el foco parece estar más atento a describir el modo en que el caso se llevó adelante, que en determinar fehaciente y efectivamente si existen pruebas suficientes como para culpar a alguien o considerarlo inocente.

Otra vez, tal vez sea conveniente recordar pasajes de los fallos:

  • Los jueces que absolvieron a Trigatti, Pablo Busaniche, Martín Torres y Cecilia Labanca, hablan de "posible revictimización" y critican abiertamente el modo en que se trató a la primera niña durante más de 48 horas.

Dicen que fue examinada por médicos del Iturraspe -que no constataron signos de abusos-, por médicos del Hospital de Niños y por un médico policial -que considera que los signos corporales de las niñas no son compatibles con un golpe-, en apenas 24 horas.

Y que al día siguiente "fue llevada en una camioneta de Seguridad Territorial al Centro de Atención Municipal, donde nuevamente y sin pedir informes mínimos sobre esas actuaciones previas, que hubieran evitado la intolerable reiteración de entrevistas y su posible revictimización, nuevamente exponerla a interrogatorios de operadores del sistema de protección. Dos días después, nuevamente la llevaron ante otros profesionales de admisión de ese mismo organismo municipal".

  • Los jueces que absolvieron a Trigatti dicen textualmente: "La única psicóloga de la dupla de guardia que la atendió -Lic. Brussone-, advirtió la grave situación a la que se estaba exponiendo a la niña, y se negó a entrevistarla, por lo que la niña terminó siendo entrevistada por la abogada Agustina Taboada, que para mayor oscuridad de la situación... que era la abogada personal de la Fiscal a cargo de la investigación, y socia de la abogada que se presentó en representación de la querellante en juicio".
  • También dicen que "resultan preocupantes y llamativas las explicaciones que se brindaron para no haber recolectado los registros fílmicos de las cámaras de videovigilancia colocadas en el jardín de infantes y la escuela".
  • Incluso, plantean que "una de las niñas supuestamente abusada, ni siquiera coincidió temporal, espacial e institucionalmente con el profesor acusado, lo que resulta cuando menos, preocupante".

Tan duro es el análisis que estos jueces realizan sobre policías y fiscales, que ordenan enviar antecedentes al Ministerio de Seguridad para que evalúe el accionar policial, y piden que se haga lo mismo con las autoridades del Ministerio Público de la Acusación, para que analicen el desempeño de los fiscales que intervinieron.

Los segundos jueces son críticos con fiscales, policías y con los jueces de primera instancia

  • Los jueces que condenaron a Trigatti, Jorge Andrés, Alejandro Tizón y Sebastián Creus, se refieren a la inacción policial el día en que padres de alumnos vandalizaron el jardín Ceferino Namuncurá en medio de las protestas por los supuestos abusos.
Embed - Juan Trigatti, de inocente a culpable para la Justicia de Santa Fe
  • También remarcan que no se preservaron las imágenes de las cámaras de seguridad del jardín: "... estas filmaciones hubieran sido centrales en el concierto probatorio... No obstante el esfuerzo realizado por el representante del Ministerio Público de la Acusación, no existe una explicación plausible que justifique que se haya malogrado esta evidencia, debiendo analizarse, las responsabilidades pertinentes".

De todos modos, acotan que "esta omisión o descuido, no puede ser interpretado con el sentido probatorio... No haberse obtenido los registros de video, no implica que el MPA o el Organismo de Investigación, los ocultó para no perjudicar su pretensión".

  • Los jueces de segunda instancia son críticos con la postura del primer tribunal, aduciendo que no valoraron correctamente los testimonios de las niñas en Cámara Gesell. Este es el nudo que explica las diferencias entre un tribunal que absolvió a Trigatti, y otro que lo consideró culpable, ya que entre uno y otro fallo no se sumaron nuevos elementos de prueba a la causa.

En una entrevista realizada en el programa Creo, que se emite cada mañana en AIRE, el fiscal regional, Jorge Nessier, explicó la posición del segundo tribunal.

"La postura de estos jueces tiene que ver con el análisis que hizo el primer tribunal del relato de las niñas víctimas. Prácticamente, se había desconocido el relato. El nuevo tribunal desacreditó la forma utilizada, en primera instancia, para valorar la credibilidad de las niñas, a través de un método de psicología experimental que no está predispuesto para una práctica forense", dijo Nessier.

Y agregó: "El método seguido no tiene validación científica o en la experiencia, como para concluir que el discurso de las menores había sido inoculado o inculcado por otras personas mayores de edad".

—Los primeros jueces dijeron que a las nenas las manipularon para que dieran un relato. El segundo tribunal dijo que las niñas decían la verdad. ¿Qué cambió para que los jueces arribaran a conclusiones totalmente opuestas?

Cambiar, no cambió nada en cuanto a las evidencias presentadas. Lo que cambió fue el análisis que se realiza por parte de un tribunal y del otro. Los fiscales, en la apelación, hicieron referencia a que el método utilizado -para entrevistar a las niñas-, no es propio de las ciencias jurídicas y que, incluso, está cuestionado en la psicología.