Un tribunal de la Cámara de Apelaciones conformado por los jueces Fabio Mudry, Alejandro Tizón y Roberto Reyes revisará la condena impuesta a Jorge Ulises Pereyra como autor de abuso sexual infantil.
La sentencia fue apelada por la defensa, que sostuvo que “Pereyra está injustamente condenado”, y que el tribunal que lo condenó “realizó una interpretación antojadiza e infundada de la causa”.
Pereyra es representado por los abogados particulares Diego Lorefice y Cintia Duarte, quienes reclamaron que se revoque la sentencia y que Pereyra sea excarcelado. En tanto, el fiscal Roberto Olcese y la abogada querellante Agustina Taboada solicitaron que la resolución del juicio sea corroborada en su totalidad.
Pereyra fue condenado a 18 años de prisión como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado por la guarda, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores calificados por la edad de la víctima y la guarda, en el marco de un juicio oral y público desarrollado en los tribunales de Santa Fe.
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Apelación
Los defensores Lorefice y Duarte cuestionaron la resolución dictada por los jueces Sergio Carraro, Martín Torres y José Luis García Troiano que condenaron a Pereyra. Lorefice sostuvo en la audiencia de apelación, desarrollada este miércoles en la Sala 5 de los tribunales santafesinos, que “el relato de la denunciante está plagado de contradicciones a lo largo del proceso”, y que ninguno de los hechos por los que fue condenado Pereyra ocurrieron.
El defensor cuestionó: “¿Cuándo se cortó el vínculo familiar? ¿En 2009, cuando M. revela lo que hacía Pereyra? En 2010 estuvieron en una celebración familiar, ¿cómo puede ser que esté ahí? Es una afrenta al sentido común”, remarcó Lorefice.
El abogado también se refirió a la declaración que ventiló una situación de abuso que fue advertida por un amigo de la denunciante, apodado Chocho, y que falleció hace años: “Ponen en boca de un testigo fallecido un relato contundente y sin fisuras; este tipo de delitos se caracteriza por la ausencia de testigos, acá hay uno presencial y está fallecido. Le hacen decir eso que no tiene ningún viso de credibilidad”, sostuvo.
El abogado también cuestionó la declaración de las tres psicólogas que tomaron intervención en diferentes etapas del proceso, entre ellas, la profesional que asistió a la denunciante de manera particular: “El tribunal no reparó en las contradicciones y lagunas discursivas”, cuestionó Lorefice.
El defensor también cuestionó la declaración que brindó M. en el juicio: “La denunciante tiene memoria para cosas que ocurrieron hace mucho tiempo y flaquea en hechos cercanos: no se acordaba en que año nació su hijo”, y agregó: “Va a elegir de madrina a la esposa de su abusador? No tiene sentido”.
Lorefice concluyó su alegato manifestando que “de los elementos colectados en la causa no se desprenden elementos para quebrar el principio de inocencia”, solicitó que se revoque la condena y que Pereyra sea puesto en libertad de manera inmediata.
Finalmente, la defensa de Pereyra insistió con el planteo de prescripción de la causa; Duarte cuestionó que la denunciante primero sostuvo que los abusos cesaron cuando ella tenía 16 años y cuando la causa se encaminaba a la prescripción, cambió la declaración y argumentó que los abusos fueron hasta los 17.
La abogada insistió con que “el contacto entre las familias cesó en 2008, y la denuncia se radicó en 2020, “cumplidos los 12 años de plazo para la prescripción, y además no regía aún la ley que suspende el plazo mientras las víctimas de abuso son menores de edad”, concluyó.
Confirmación
A su turno, el fiscal Olcese reclamó el rechazo de los “supuestos agravios”, y advirtió que “no hay una crítica razonada a los fundamentos, sino una disconformidad con la resolución y una réplica de los alegatos de clausura”. El representante del MPA remarcó que “el escrito recursivo está plagado de prejuicios y estereotipos”.
Luego, Olcese respondió a todos los planteos defensivos: “En cuanto a la reunión familiar de 2010, Pereyra no estaba invitado a la celebración y fue igual, la familia de M. quiso evitar el escándalo, por eso no dijeron nada. Además, el develamiento de los abusos fue progresivo, en ese entonces la familia pensaba que el acusado la había tocado una sola vez” recordó.
En este sentido, Olcese sostuvo que es un prejuicio establecer de qué manera deben actuar las víctimas y sus familiares ante hechos de abuso sexual.
El fiscal remarcó que el tribunal de juicio tuvo en cuenta todas las declaraciones de los testigos, se refirió a la declaración brindada por la esposa de Pereyra, y también a la declaración de M., “que fue constatada por la declaración de todos los testigos”.
En cuanto al testimonio de la esposa de Pereyra, Olcese cuestionó que “jamás declaró durante la investigación, se la citó en varias oportunidades y nunca quiso declarar; recién lo hizo en el juicio aportando una versión que contradecía a la denunciante y que podía haber mejorado la situación procesal de su esposo”.
Sobre el cuestionamiento que hizo la defensa en relación a la situación presenciada por Chocho, y que fue aportado por una testigo, el fiscal remarcó que la declaración de esta joven fue porque la familia de Pereyra la fue a buscar para que declare que ella se bajaba última del transporte.
Entonces la testigo fue a hablar con M., le dijo que ella no iba a declarar eso porque, primero no era verdad, y segundo, Chocho una vez le contó lo que había visto. “Y una vez más la defensa cae en prejuicios sobre cómo debería haber actuado el joven cuando advirtió el hecho”, sostuvo el Olcese.
En relación a la declaración de las psicólogas, el fiscal sostuvo que estuvo claramente delimitada la función que cumplió cada una de ellas y de qué manera llevaron adelante su trabajo, bajo qué metodología.
Olcese también se explayó sobre el cuestionamiento sobre la elección de M. a su tía como madrina de confirmación: “La propia víctima dijo en el juicio que no sabía por qué había elegido a la tía para que sea su madrina, 'tal vez como una manera de pedir ayuda para que cesen los abusos'”. En ese entonces la víctima tenía 12, 13 años y su tía no estaba al tanto de lo que hacía su esposo.
Sobre los recuerdos de la víctima que fueron cuestionados por la defensa, el fiscal valoró que, al momento de declarar en el juicio ante el tribunal, M. estaba en una situación estresante y revictimizante, por lo que no es relevante que no pudiera recordar en qué año nació su hijo.
Finalmente, el fiscal se refirió al cambio en el rendimiento escolar, que fue cuestionado por la defensa: "Encuentra lógica porque ya los traslados de Pereyra en el transporte no eran habituales, sino muy esporádicos. Además, cuando comenzó a estudiar también encontró complicaciones, no podría rendir exámenes orales, recién cuando radicó la denuncia pudo encaminar la carrera y recibirse: una carrera que normalmente lleva cuatro años, a ella le llevó 10”, graficó Olcese.
Repudio
Por último, se expresó la abogada querellante Agustina Taboada, que representa a la propia víctima: “El fiscal ha sido muy puntilloso en su respuesta, y por respeto a quienes están escuchando la audiencia no voy a repetir lo que ya se ha dicho”, sostuvo.
“Como representante de la víctima debo repudiar las expresiones violentas y prejuiciosas de la defensa. El escrito de apelación pasa por todos los tipos de violencia contra las mujeres; menciona a la víctima como mentirosa; muchas veces aparece como idea, o con indicios, aquí está claramente manifestado”, manifestó Taboada.
En este sentido, la abogada recordó que “debemos actuar con perspectiva de género no por una cuestión ideológica, porque haya una manifestación en la puerta, sino porque la normativa internacional así nos obliga”.
Finalmente, y en relación a lo ventilado en la audiencia, Taboada sostuvo que “la defensa no pudo rebatir en lo más mínimo la acusación que ha sido probada”, y reclamó que la sentencia impuesta en juicio a Pereyra sea confirmada.
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