Se trata de una figura legal en la que terceros, ajenos a un proceso judicial, proponen opiniones jurídicas o argumentos sobre un tema determinado para resolver un conflicto judicial.
Llamativamente y de manera casi sincronizada, cuatro Ong presentaron durante el último mes amicus cuarie ante el tribunal que deberá revisar el fallo que absolvió a Trigatti y el cual está conformado por los jueces Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón, todos de vasta trayectoria en la Justicia penal santafesina.
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Entre las organizaciones, se encuentran la que encabeza la actriz Thelma Fardín y Cladem, cuya sigla significa Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, la cual fue fundada en Costa Rica y tiene presencia en varios países de América Latina y el Caribe.
Rechazo total
Al respecto, la defensa del docente Trigatti consideró que las Ong no deben ser tenidas en cuenta por el tribunal porque su aplicación no se encuentra regulado ante los tribunales santafesinos.
“La recepción legal del amicus curiae es una decisión de política legislativa que es atribución exclusiva de la legislatura local y no constituye condicionamiento alguno la circunstancia de que esa figura, haya sido receptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación o la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el ámbito de sus respectivos procedimientos internos”, destacó el letrado en su escrito presentado ante el tribunal que encabezará la apelación.
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Marcos Barceló y Macarena Olivera, los abogados de Juan Trigatti.
Maiquel Torcatt / Aire Digital
Barceló además hizo hincapié en que los criterios de las organizaciones que son muy similares a los de Fiscalía y querella.“Ninguna de las cuatro organizaciones, conoce el Caso Trigatti, no han tenido acceso a las constancias de la causa, no han participado del juicio oral, y sus manifestaciones son meras opiniones de disconformidad con los fundamentos del fallo, en línea con la postura del bloque acusador”, agregó en otro tramo.
El abogado recordó también que en otro caso, el docente Darío Céspedes (condenado por un abuso sexual de un alumno) la defensa intentó interponer un recurso de “amicus curiae” de una Ong y su participación fue rechazada por la Fiscalía y querella que, justamente, es la misma que interviene en la causa de Trigatti.
“Idénticos actores procesales (Fiscalía GEFAS y abogadas querellantes), adoptaron una postura contraria a la pretensión de la solicitud de presentación, como veedores del proceso, a la Asociación Pensamiento Penal, cuya participación fue rechazada de plano, y sin mayores fundamentos, por el Juez Carraro”, concluyó Barceló.
Apelación con fecha y hora
La audiencia de apelación, en donde se revisará el fallo que absolvió a Juan Trigatti, será el próximo 16 de mayo, a partir de las 8.30. Para la misma fueron convocados los fiscales Jorgelina Moser Ferro y Matías Broggi, la defensa del imputado, a cargo de Marcos Barceló y Macarena Olivera, y la querella de una de las denunciantes, a cargo de Carolina Walker Torres.
Durante el juicio, el bloque acusador pidió para Trigatti una pena de 25 años de prisión al sostener que el docente "disfrazaba los abusos" con juegos realizados en sus clases de educación física dentro del jardín Ceferino Namuncurá, ubicado en avenida 12 de Octubre al 9400 de la ciudad de Santa Fe.
Sin embargo, el tribunal de primera instancia (integrado por Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres) consideró que las víctimas tuvieron relatos contaminados y que hubo inacción policial durante la investigación impulsada por el fiscal Broggi y su par Alejandra Del Río Ayala (actualmente desafectada de la Fiscalía Regional I y asignada a la Auditoría General del Ministerio Público de la Acusación).