Atribuyen tres hechos de abuso sexual al médico detenido: el juez le dio la libertad tras críticas al MPA

El juez dio por acreditados los tres hechos de abuso sexual imputados al médico; sin embargo, advirtió que la libertad es la regla de todos los procesos penales.

El médico fue imputado por tres hechos de abuso sexual y recuperó la libertad.

El médico fue imputado por tres hechos de abuso sexual y recuperó la libertad.

El médico pediatra detenido tras una denuncia por abuso sexual en el marco de una consulta en un sanatorio de Santa Fe recuperó la libertad este viernes tras ser imputado por tres hechos contra la integridad sexual.

Dos de los hechos imputados tuvieron a víctimas menores de edad (una niña de siete años de su entorno familiar y una adolescente de 14 años en el marco de una consulta), y el tercer hecho, una mujer mayor de edad, hecho también cometido en el marco de una consulta.

La imputación fue realizada por la fiscal Vivian Galeano en una audiencia ante el juez Octavio Silva, quien cuestionó el accionar del MPA en las dos primeras denuncias, que datan del 2022, y otorgó la libertad bajo fianza y con la prohibición de atender pacientes en soledad.

El médico, Esteban A., es asistido por el abogado particular Matías Pautasso, quien había cuestionado la investigación de la Fiscalía y había reclamado la libertad del imputado.

El juez Octavio Silva dio por acreditados los hechos, cuestionó el accionar del MPA en las primeras dos denuncias, y otorgó la libertad al médico imputado por abuso sexual

El juez Octavio Silva dio por acreditados los hechos, cuestionó el accionar del MPA en las primeras dos denuncias, y otorgó la libertad al médico imputado por abuso sexual

Tres hechos de abuso sexual

El primero de los hechos imputados se remonta a septiembre de 2022, y fue denunciado por el personal del hospital Iturraspe, luego de que una adolescente de 14 años denunciara haber sido “manoseada” por el médico.

La menor estaba internada en el área de pediatría del hospital y el médico cursaba su primer año de residencia. En el marco de una atención médica, el profesional ingresó al cuarto en el cual dormían la menor y su madre, y sin despertar a ninguna de las dos ni encender la luz, el médico realizó una revisión que sobrepasó los límites del profesionalismo.

La menor sostuvo que se despertó cuando el médico la estaba tocando de un modo que los demás profesionales que la revisaban no la tocaban, que le acarició el rostro y que le pidió un beso; ante su negativa, él le dio un beso en el cachete.

La niña se asustó, le contó a su mamá y a las autoridades del hospital, quienes habilitaron un espacio de escucha a la niña y se radicó la denuncia penal. Sin embargo, esta causa fue desestimada el 19 de diciembre de 2022, bajo la carátula de abuso sexual simple y tras haber declarado la menor en Camara Gesell.

Esto valió una fuerte crítica del juez Octavio Silva al momento de resolver: el magistrado cuestionó el archivo de la causa por parte del MPA a pesar de la entrevista de la menor y de la cantidad de declaraciones que obran en la causa, y también criticó que se considere abuso sexual simple un hecho de tal gravedad realizado a una víctima menor de edad en el marco de una consulta médica.

El segundo hecho fue denunciado en 2024, luego de que una niña de 10 años le contó a su mamá que el exnovio de su hermana acostumbraba a tocarla en sus partes íntimas cuando se quedaba a dormir en su casa.

La audiencia se realizó en la sala 1 de Tribunales

La audiencia se realizó en la sala 1 de Tribunales

Estos hechos habrían ocurrido cuando la niña tenía entre siete y ocho años, y se solicitaron una serie de informes. Sin embargo, la menor no declaró en Cámara Gesell y el hecho nunca fue imputado.

Esto también fue una crítica del juez, quien cuestionó que en tantos años no se solicitó la entrevista en Cámara Gesell de una menor, por una denuncia presentada en 2024 de hechos que habrían ocurrido entre 2020 y 2021. Esta declaración será en agosto, y luego, la Fiscalía está en condiciones de presentar la acusación, explicó Galeano.

El tercero de los hechos es el más reciente, y que valió a la Fiscalía el desarchivo de la primera denuncia debido a las similitudes entre ambos relatos: en esta oportunidad la denunciante es una mujer quien sostuvo que el médico se propasó en el marco de una consulta en un sanatorio de Santa Fe.

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Esteban A. fue imputado como autor de dos hechos de abuso sexual simple (la primera y la tercera denuncia) y el tercer hecho fue imputado como abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda.

La Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado por considerar acreditados los riesgos procesales de fuga y de entorpecimiento probatorio, cosa que no compartió el juez, y destacó que la libertad de los imputados es la norma en todos los procesos penales, y que la prisión preventiva es la excepción.

A su turno, el defensor había solicitado el archivo de la primera denuncia por considerar que no había habido ninguna prueba nueva que habilite el desarchivo de la causa. Sin embargo, el magistrado compartió el criterio de la Fiscalía: que la última denuncia, por las características similares a la primera denuncia, permitía el desarchivo, así como la ampliación de la declaración de la jefa de residentes, quien dio precisiones acerca de las buenas prácticas en las consultas médicas, que no excusaban al accionar del profesional imputado.

El juez Silva dio por acreditados los tres hechos imputados por la Fiscalía, e impuso una serie de conductas que el imputado deberá respetar durante el proceso: a las habituales de fijar domicilio, establecer un guardador y la prohibición de contacto y acercamiento a víctimas y testigos, se impuso también la prohibición de salir de la provincia y del país, una fianza por 15 millones de pesos con un bien registrable, y la prohibición de atender pacientes en soledad; en caso de ejercer su profesión y realizar consultas con pacientes, deberá hacerlo con la presencia de otro profesional de la salud.

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