Iván Mercado Reyes y Norma Elena Vega fueron acusados por los fiscales de homicidios Ana Laura Gioria y Andrés Marchi como coautores de homicidio con dolo eventual, enfrentan penas de prisión de 10 y ocho años, respectivamente; de manera subsidiaria, el hecho fue calificado como homicidio culposo, con penas de cinco y cuatro años.
En tanto, el abogado querellante que representa a la mamá de Diego, Dionisio Ayala, se opuso a la acusación e insistió en que la muerte del niño fue ocasionada por personas aún no identificadas; por su parte, las abogadas del Centro de Asistencia Judicial a la Víctima que representan al papá del menor, Lucrecia Fernández y Marina Fruttero adhirieron a la acusación fiscal.
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Las variantes planteadas en la audiencia preliminar deberán ser resueltas por el juez Pablo Spekuljak
Homicidio
Según la acusación fiscal, Reyes y Vega conocían la “potencialidad agresiva y lesiva de los canes que se encontraban bajo su cuidado y/o vigilancia”, y omitieron e incumplieron los deberes de cuidado, a sabiendas del peligro concreto que esto representaba para los bienes, la salud y la vida de las personas, “aceptando la eventual producción de resultados lesivos contra éstos”.
Para la Fiscalía, el matrimonio asumió una “actitud indiferente” a estas posibilidades, que devinieron en la muerte de Diego Martín Roman cuando una jauría de aproximadamente 10 perros, entre los que había un rottweiler, dos boxer, tres canes mestizos, y uno cruza pastor; atacaron al menor en inmediaciones del límite entre el predio rural propiedad del matrimonio en el barrio comunal 3 de Recreo, aproximadamente entre las 17 del 3 de julio de 2019 y las 04:30 del 4 de julio del 2019.
Como resultado del ataque, Román padeció múltiples lesiones contusas, punzantes, desgarradas y escoriativas -con predominio de estas tres últimas-, que causaron la muerte del menor por hemorragia externa, precisa la acusación.
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La acusación por la muerte de Diego Román lleva la firma de los fiscales de homicidios Andrés Marchi y Ana Laura Gioria
Maiquel Torcatt/Aire Digital
En cuanto a la omisión e incumplimiento de los deberes de cuidado que se le atribuye al matrimonio, consintió en: omitir adoptar medidas de cerramiento necesarias en el lugar donde estaban los canes, todo ello estipulado por Ordenanza Municipal de la ciudad de Recreo; b) en particular, contando entre los animales cuyo cuidado ylo vigilancia detentaba, uno de raza definida reglamentariamente como raza peligrosa -rottwailer-, no implementó las medidas tendientes a evitar que los animales salgan y cometan daños a terceros, incumpliendo la Ordenanza Municipal Nro. 195212010 de la ciudad de Recreo; c) dadas las deficiencias en el cerramiento del lugar donde tenían los animales, omitieron adoptar las medidas de seguridad de tales animales mediante bozales, cadenas, correas ylu otros elementos asegurativos adecuados, incumpliendo también la correspondiente Ordenanza municipal.
La Calificación Legal seleccionada para los hechos por lo que se realiza esta acusación tanto para Iván Mercado Reyes, como para Norma Elena Vega, es la de co-autores del delito de Homicidio Doloso, y anticiparon un pedido de pena de 10 años para Mercado Reyes y ocho años de prisión para Vega.
Marchi advirtió que "la jurisprudencia ha tratado las muertes por ataques de animales de manera dispar, y por eso se realiza la acusación alternativa de homicidio culposo: "haber ocasionado la muerte de Diego Martín Roman, por imprudencia, negligencia e inobservancia de los reglamentos a su cargo, cuando una jauría de aproximadamente 10 canes a cuyo cuidado y/o vigilancia se encontraban; que la imprudencia, negligencia e inobservancia de los reglamentos u ordenanzas consistió en que, habiendo conocido la potencialidad agresiva y lesiva de los animales de mención actuando en forma individual y/o en jauría. En este caso, los pedidos de pena son de cinco años para Reyes y cuatro años para Vega.
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Néstor Pereyra es el abogado defensor del matrimonio imputado por el homicidio culposo de Diego Román
Maiquel Torcatt / Aire Digital
Finalmente, en cuanto al tribunal, si debe ser unipersonal o pluripersonal, la Fiscalía lo deja a criterio del juez Pablo Spekuljak.
Luego el fiscal Marchi dio lectura a la acusación presentada por la fiscal Gabriela Arri sobre los otros dos ataques ocasionados por los canes, en mayo y noviembre de 2019. Por estos hechos, Reyes y Vega fueron acusados como coautores de lesiones leves culposas, dos hechos, y se anticipo un pedido de pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.
A su turno, las abogadas del Centro de Asistencia Judicial a la Víctima, Marina Fruttero y Lucrecia Fernández, que representan a Julio Cesar Roman, papá del menor, manifestaron que adhieren en todo a la acusación Fiscal, a la calificación legal y al monto de pena.
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Los perros involucrados en la causa Diego Román siguen alojados en patios de comisarías y hogares de tránsito.
Oposición de la querella
Antes del inicio de la audiencia declaró la mamá de Diego Roman, Maria del Lujan Cardozo. La mujer sostuvo que "sigo esperando justicia, hubo una mala investigación, personas cercanas que no fueron investigadas, me atacaron a mí y a ellos los dejaron seguir su vida como si nada. Pasaron casi seis años y no hicieron nada, no pasó nada. Sigo esperando justicia".
Tras la acusación de la Fiscalía, el abogado querellante Dionisio Ayala se opuso a la acusación fiscal, y reclamó que la oposición sea analizada en el contexto del debate oral y público. Sin embargo, formuló acusación contra Reyes y Vega como coautores de homicidio culposo y anticipó un pedido de pena de dos años de prisión.
En cuanto a los fundamentos de oposición a la acusación fiscal, para el letrado, “es poco creíble la hipótesis de haber sido atacado por una jauría de perros, tomando en consideración el sentido común de las cosas: Ni el pantalón de futbol; ni el bóxer: ni la remera que fueron encontrados en el lugar fueron destrozados en sus elásticos o cuellos de las prendas secuestradas en el lugar. Dichas prendas fueron sacado por arriba de la cabeza de la víctima (en el caso de la remera) y por debajo de las piernas, (el short y el bóxer), sin romper la parte del cuello y mangas de la remera y la parte de la cintura elástica del short de Diego”, precisó Ayala.
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Dionisio Ayala, el abogado querellante que se opone a la hipótesis de la Fiscalía y sostiene que la muerte del niño fue ocasionada por seres humanos
El querellante también se refirió a un dictamen del Cuerpo Médico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En los puntos 13 y 14 del Cuerpo Forense de la CSJN, Centro de Asistencia Judicial Federal Morgue Judicial, Departamento de Tanatología, en fecha 23 de setiembre (necropsia) se señala: “Las lesiones detalladas en estas consideraciones que afectan vasos arteriales troncales de los miembros y en las que se destacan signos de vitalidad, aisladamente o en su conjunto, poseen idoneidad para causar la muerte por hemorragia externa” (p.13); y a continuación se agrega: “..de la visualización de lesiones descriptas se estima que el menor tuvo un lapso de vida no mayor a los 10 minutos, a posterior de haberlas padecido, configurando una muerte violenta”.
Entre los planteos de la querella, Ayala recordó en su oposición que "esta parte querellante ha plasmado en numerosos escrito en el marco del legajo fiscal acerca de la falta de seriedad en la investigación penal sobre la muerte violenta de Diego Román por acción directa de humano y no por vía de la acción de los animales, sin que haya sido valorado la realización de actos irreproducibles e irrepetibles en procuración de las pruebas necesarias para culminar con el pedido de apertura de juicio por los delitos que se están incriminado a la familia Reyes, habiéndosele requerido en reiterados escritos la recusación de los Fiscales a cargo de la investigación de la muerte de Diego Martín Román.