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Opinión |

¿Cómo se explica la euforia de los mercados hacia la Argentina?

El Gobierno se hizo de los fondos para hacer frente a los vencimientos de la deuda ahora reperfilada para agosto de 2020.

Un aspecto central de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública es que, en artículo 61, autoriza “al Gobierno nacional a emitir letras denominadas en dólares estadounidenses (U$S) por un monto de hasta dólares cuatro mil quinientos setenta y un millones (U$S 4.571.000.000), a diez (10) años de plazo, con amortización íntegra al vencimiento, la que devengará una tasa de interés igual a Ja que devenguen las reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LlBOR anual menos un punto porcentual. Los intereses se cancelarán semestralmente”.

Con esas Letras, por el artículo 62, el Gobierno queda autorizado “a adquirir divisas en el Banco Central de la República Argentina con las letras del artículo 61 por igual cantidad a las nominalmente expresadas en las mismas. Estas letras, como así también las tenencias vigentes de letras intransferibles en poder del Banco Central de la República Argentina, deberán registrarse en sus estados contables a valor técnico”.

Esto significa que el BCRA deberá entregar dólares billetes y los registrará a una cotización menor, asumiendo como pérdida la diferencia. Esto ya la viene haciendo el BCRA y por eso al 15 de diciembre registra un patrimonio neto negativo de $ 420.295,9 millones.

¿Con qué finalidad? Lo dice el artículo 63: “Los dólares autorizados a adquirir mediante esta norma sólo podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda denominadas en moneda extranjera”.

La sanción de esta ley, y específicamente estos artículos, explican la euforia que produjo en los mercados internacionales porque el Gobierno se hizo de los fondos para hacer frente a los vencimientos de la deuda ahora reperfilada para agosto de 2020, con el pago del 15% de los vencimientos a personas jurídica y 100% a personas humanas. “La respuesta en el mercado de títulos soberanos fue inmediata, terminando la semana con paridades cercanas al 50% (habían perforado el 40% a fines de noviembre)”, según Emmanuel Álvarez Agis de Pxqconsultora.com.

Además, el articulo 57 de la ley amplió las tenencias de títulos públicos que puede tener el del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSeS que ha tenido en los últimos 2 años una desvalorización del 65%.

Antecedente

En 2007, se creó el FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad) que llegó a acumular en diciembre de 2017 el equivalente a U$S64.055 millones. En abril de 2019, por la devaluación y el desplome de los bonos, acciones y Letras, el FGS había descendido a 41.774 millones. Y se estima que ahora está por debajo de los U$S 30.000 millones.

El Articulo 57, inc.a dice: “Transitoriamente, hasta el 31 de diciembre de 2023, podrá mantenerse hasta el setenta por ciento (70%) de la cartera del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino en títulos públicos, cuenten o no con garantías, debiendo, al cabo de ese período, regularizar la tenencia de estos activos, a los límites establecidos en el párrafo precedente”.

Una de las causas claves del deterioro del sistema previsional argentino es la permanente desvalorización y vaciamiento de los fondos previsionales. Esos Fondos, que se nutren de los aportes y contribuciones del sistema, son invertidos en acciones, bonos y otros instrumentos financieros o productivos cuyos rendimientos deberían ayudar a capitalizar el sistema para afrontar los pagos a medida que se va incrementando el número de beneficiarios y los momentos críticos coyunturales.

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