Redacción Aire Digital
La convocatoria oficial a los candidatos presidenciales para participar de los dos debates obligatorios que se realizarán antes de las elecciones generales de octubre se lanzará a partir de septiembre, debido a que la Cámara Nacional Electoral espera a que finalice el escrutinio definitivo de las primarias.
La Ley 27.337 de “Debate presidencial obligatorio” establece que “la Cámara Nacional Electoral convocará a quienes estén obligados a participar del debate en los cinco días hábiles posteriores a su proclamación como candidatos”.
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De este modo, si el escrutinio definitivo concluye a mediados de la semana próxima como se prevé, los seis postulantes presidenciales que pasaron el filtro de las elecciones primarias del 11 de agosto empezarían a ser convocados oficialmente a comienzos de septiembre.
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Recién entonces se avanzará en la organización del evento y empezará a confirmarse si todos los candidatos participarán o si alguno dejará su silla vacía y se atendrá a la sanción dispuesta por la ley: el no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual.
Según lo que establece la Ley 27.337, están obligados a participar el presidente y candidato a la reelección por Juntos por el Cambio Mauricio Macri y sus rivales del Frente de Todos, Alberto Fernández; de Consenso Federal, Roberto Lavagna; del Frente de Izquierda-Unidad, Nicolás del Caño; del Frente Nos, Juan José Gómez Centurión; y de Unite, José Luis Espert.
Días atrás se confirmó que los debates se llevarán a cabo en la Universidad Nacional del Litoral, en Santa Fe, el 13 de octubre, y en la Universidad de Buenos Aires el 20 de octubre.
La selección de las sedes y las fechas también obedece a lo que dicta la ley, que señala que deben llevarse a cabo “dos instancias de debate”, al menos una de ellas “en el interior del país, en la capital de provincia que determine la Cámara Nacional Electoral” y que ambos encuentros “tendrán lugar dentro de los veinte y hasta los siete días anteriores a la fecha de la elección”.
Una vez que la Cámara convoque oficialmente a los candidatos se abrirá la etapa más difícil de la organización: la audiencia en la que todos los participantes acuerden el reglamento de los debates, los moderadores y los temas que se abordarán en cada una de las dos instancias.
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La ley establece que “en todos los casos, a falta de acuerdo entre las partes, la decisión recaerá en la Cámara Nacional Electoral”. Además, señala que “los resultados de la audiencia deberán hacerse públicos”.
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