El fiscal Daniel Filippi y el abogado que representa a la querella, Martín Risso Patrón, presentaron esta mañana una petición para unificar las dos apelaciones pendientes: la prisión preventiva que se impuso sobre Juan Pablo y Victor Hugo Baraldo, y Nidia Morandini, y la sentencia condenatoria de los mismos.
La Oficina de Gestión Judicial de Segunda Instancia fijó para el miércoles 31 de octubre a las 8:45 la audiencia de apelación de la prisión preventiva, con intervención de los camaristas Bruno Netri, Jorge Andrés y Sebastián Creus.
En el escrito presentado por la parte acusadora esta mañana, solicitan primero una aclaratoria de la resolución que fija la fecha de audiencia, ya que “en su inciso 1 abre el recurso de apelación interpuesto por el defensor de los imputados, en su inciso 2 pone las actuaciones a disposición de las partes y en su inciso 3 fija audiencia oral y pública de apelación para el 31/10”.
Y continúa que este resuelvo no se corresponde con lo que se determina en el punto 7 del considerando de tal resolución, donde establece que “…deberá ponerse las actuaciones a disposición de las partes para su examen hasta la celebración de la audiencia oral y pública de apelación”, y es aquí que los acusadores entienden que “se ha omitido el plazo de diez días para su examen y recién a su vencimiento se debería convocar a una audiencia”.
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Pero el pedido de que la audiencia de apelación no se realice el miércoles no solo se fundamenta en la cuestión de los plazos, sino que además piden que se unifiquen con la apelación de la sentencia, presentada el pasado viernes 26 de octubre.
Este pedido encuentra asidero “no sólo por elementales razones de celeridad y economía procesal, sino fundamentalmente porque las cuestiones de fondo y cautelares están estrechamente ligadas, siendo ilógico tratar por separado estas últimas cuando su resultado depende en gran medida de aquellas”.
Es decir, las cuestiones a tener en cuenta en el debate de la prisión preventiva dependen directamente si la sentencia será confirmada o no por la cámara de apelaciones.
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Por lo tanto, la fiscalía y la querella solicitan a los camaristas que “se reprograme la audiencia estableciendo primero un plazo común de diez días para que las partes procedan al examen de las actuaciones y pretensiones contrarias, y vencido ese plazo se convoque a una audiencia dentro de los términos legales”.
El fiscal y el querellante explicaron el pedido desde el móvil de la radio:
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