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Vuelven a la carga para que se prohíban las riñas de gallos en la provincia

Dos legisladores opositores reclaman la derogación de la ley que habilita la actividad. Antecedentes judiciales del caso.

Dos legisladores opositores vuelven a la carga para que Tucumán termine con una práctica tan polémica como arraigada en buena parte de la sociedad: la riña de gallos.

Esta vez, Claudio Viña (Nueva Fuerza) y Eudoro Aráoz (UCR) presentaron un proyecto para que se derogue la Ley 6.048, que autoriza y regula la actividad. Según los parlamentarios, la existencia de esa norma genera una marcada incompatibilidad.

Recordaron que, a nivel nacional, la riña de gallos está prohibida desde 1954, pese a que en algunas provincias continúan siendo legales y su práctica se efectúa con frecuencia, “al punto de recaudar numerosas sumas de dinero en apuestas”.

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“Tucumán, a pesar de la existencia de la ley nacional 14.346, incorporada en el Código Penal, que establece penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales, tiene en su ordenamiento la ley que autoriza la realización de riñas de gallos, generándose además una incompatibilidad”, redactaron los parlamentarios.

Destacaron que si bien no hay cifras oficiales sobre cuántos “galleros” hay en Tucumán, se sabe que esta provincia es considerada como la “capital nacional” de esa práctica. “El documental “Plumas al viento” (2013) -disponible en YouTube- indica que alrededor de 6.000 comprovincianos crían gallos para riñas, pero fuentes del sector duplican y hasta triplican esa cantidad”, mencionaron Viña y Aráoz.

Al justificar su proyecto, advirtieron que por esa actividad los gallos sufren numerosas lesiones irreparables, “entre las que pueden señalarse fracturas expuestas del occipital, pérdida de los ojos, roturas de alas, quebraduras de patas, severas lastimaduras en el cuello, lesiones en los oídos, lesiones en el cráneo y hasta la propia muerte”.

En octubre de 2016, las riñas de gallos fueron suspendidas en Tucumán por una cautelar presentada en contra de la ley provincial 6.048. Se adujo que la norma “incurre en una falta grave a la ley de protección Animal Argentina Nº 14346 del código Penal Argentino“.

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En esa ocasión, el juez Rodolfo Novillo había emitido una orden a la Secretaría de Estado de Deportes de la Provincia para que se abstenga de autorizar este tipo de actividades hasta que recaiga una sentencia definitiva.

Las riñas de gallos están prohibidas por la ley nacional 14.346, sancionada en 1954, pero se realiza en varias provincias, entre ellas Tucumán, Santiago del Estero y Corrientes.

La ley nacional establece penas de prisión de 15 días a 1 año a las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales.

 

Fuente: www.lagaceta.com.ar

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