Las nuevas escalas
- Se actualizarán trimestralmente por el IPC a partir de abril de 2024.
- Son sensiblemente menores a las propuestas en el proyecto anterior.
- El límite de facturación para la categoría A se eleva a $3.000.000 (un 42,3%).
- El límite de facturación para la categoría H en servicios se fija en $20.500.000.
- El límite de facturación para la categoría K en venta de cosas muebles se fija en $35.500.000.
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Aumento del aporte jubilatorio y de la obra social
- Se actualiza un 10% las contribuciones al SIPA de todas las categorías, excepto la A que se sube a $9.800.
- Se incrementa a $13.800 la contribución del Régimen Nacional de Obras Sociales de las categorías A, B y C.
- Las demás categorías tendrán un aporte a la obra social de:
- D: $16.400
- E: $19.000
- F: $22.000
- G: $25.000
- H: $29.000
- I: $33.000
- J: $38.000
- K: $44.000
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Aporte adicional para obras sociales
- Se propone un "aporte adicional" de $13.800, "a opción del contribuyente", al Régimen Nacional de Obras Sociales.
- El 10% de esa contribución se destinará al Fondo Solidario de Redistribución.
Exenciones
Los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano, incluidos en la Categoría A, estarán exentos del incremento en el aporte jubilatorio.
- En el aporte a obras sociales y el adicional, tendrán una disminución del 50%.
Qué significa esto para los monotributistas
- Tendrán que pagar más en concepto de aportes jubilatorios y de la obra social.
- Las nuevas escalas podrían dejar a algunos monotributistas fuera del régimen.
- El aporte adicional para obras sociales es opcional.
Cómo se puede acceder a más información
- El proyecto de ley se encuentra disponible en la página web del Congreso de la Nación.
- También se puede consultar la página web de la AFIP.