Ambas medidas serían tomadas para combatir la inseguridad y luchar contra el narcotráfico en el territorio provincial, pero sobre todo en la ciudad de Rosario, donde se registran los mayores niveles de violencia.
Ante el estudio de esas posibilidades por parte del Ejecutivo provincial, cabe destacar lo que establecen la Constitución Nacional y la provincial al respecto.
En cuanto a la intención de indultar a policías condenados por excesos en sus funciones, la Constitución santafesina establece, en su artículo 72, inciso 16 que “el gobernador podrá indultar o conmutar penas impuestas dentro de la jurisdicción provincial, con informe previo de la Corte Suprema de Justicia” y aclara que no podrá ejercer esta facultad “cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones”.
En diálogo con el programa de AIRE, Ahora Vengo, Mariano Bär, abogado constitucionalista explicó que “el gobernador Pullaro fue cauto porque evidentemente están estudiando el tema”, y agregó que “en principio, la Constitución de Santa Fe atribuye específicamente al titular del Poder Ejecutivo la posibilidad de indultar o conmutar penas, previo informe de la Corte. Es para delitos y condenas que se hayan dictado en jurisdicción provincial, es decir, aquellos funcionarios que fueron condenados por tribunales de Santa Fe”. Por tal motivo, quedan fuera de esta posibilidad los delitos cometidos por las fuerzas de seguridad en ejercicio de sus tareas habituales.
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El profesional del derecho precisó además que dicha facultad del gobernador no sirve para eliminar el delito, ya que esa sería la figura de la amnistía y es potestad exclusiva del Congreso Nacional.
“No se pueden indultar penas a funcionarios públicos o empleados públicos en ejercicio de la función, como lo sería un policía que cometió un delito en ejercicio de la función. Esa restricción constitucional le impide al gobernador indultar”, explicó Bär.
De todos modos, para el abogado constitucionalista, “habría que ver caso por caso qué se decidió en cada una de las sentencias de estos policías”.
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El gobernador de Santa Fe Maximiliano Pullaro no descartó declarar el toque de queda en Rosario, ante la ola de violencia relacionada al narcotráfico.
¿Toque de queda en Rosario?
Por otro lado, el abogado constitucionalista también puso en duda que el gobernador de Santa Fe tenga las facultades necesarias para establecer un toque de queda en Rosario. “No está regulado como sí está regulado el estado de sitio. El toque de queda es una institución que se ha aplicado, por ejemplo, en la pandemia. Está pensada para situaciones especiales, como conflictos armados -se usa para el traslado de personas a refugios o para proteger corredores sanitarios-. No tenemos esa figura en Argentina”.
En cambio, si existe la declaración del estado de sitio para ataques exteriores en casos de guerra o conmoción interior que haga peligrar la integridad de las autoridades o la vigencia de la Constitución. “Rosario podría encuadrar dentro de esa situación”, admitió.
La Constitución nacional establece en su artículo 23: “En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará, en tal caso, respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino”.
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Mariano Bär, abogado constitucionalista explicó, respecto al indulto a policías, que “el gobernador Pullaro fue cauto porque evidentemente están estudiando el tema”.
Sin embargo, Bär aclaró que esa es una atribución del Congreso. “Lo puede hacer el Ejecutivo cuando está en receso el Congreso, pero al que se debe convocar en seguida. No es competencia del gobernador de la provincia, ni de la Legislatura, ni los poderes locales”, dijo el abogado.
“Lo que ha querido decir el gobernador es que se está analizando la posibilidad de pedirle al Congreso que se disponga el estado de sitio o que el Ejecutivo lo declare mediante un DNU, es decir, que se restrinja la circulación en determinados horarios”, precisó.
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Al ser consultado sobre si se restringen derechos durante un estado de sitio, el especialista en derecho constitucional señaló que “el estado de sitio es muy gravoso y por eso lo puede hacer únicamente el Congreso, porque se suspenden las garantías constitucionales de los ciudadanos. Las personas quedan a disposición del Poder Ejecutivo, aunque no pueda imponer penas. El Ejecutivo tiene la potestad de trasladar al detenido de un punto a otro del país. El estado de sitio supone que no tener derecho de defensa. Es muy tajante y por eso es para situaciones extremadamente graves”.
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Según la Constitución de Santa Fe no se puede indultar a empleados o funcionarios públicos que hayan sido condenados por cometer delitos en el ejercicio de su función.
En cuanto a las herramientas que tiene el gobierno provincial para tomar alguna medida de excepción, Bär explicó que “podés restringir cualquier derecho constitucional, siempre que tenga razonabilidad, como lo es la situación tan grave que vive Rosario. Podés restringir la circulación por las noches. Tenés razonabilidad entre el fin que buscas y el medio que empleas para lograrlo. Hay proporcionalidad”.