La decisión se formalizó por medio de una resolución general publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Para acceder a este tipo de crédito, hay que ingresar a la página web de la Afip, en la pestaña "Crédito Tasa Cero", donde el organismo determinará el importe mínimo y máximo (hasta un tope de 150 mil pesos) que puede ser otorgado a cada solicitante.
El ente recaudador recordó que, al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate.
Los créditos a tasa cero se crearon en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), a efectos de que los beneficiarios se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el préstamo solicitado.
De acuerdo con lo dispuesto, la entidad bancaria realizará el pago del "Volante Electrónico de Pago" correspondiente a las obligaciones de los tres períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y los aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.
Hasta el momento, se otorgaron 391.164 créditos a tasa cero, por un total de $ 47.490 millones.
El tope de la línea es de $ 150.000 para la categoría D en adelante, de hasta $ 104.370 para la categoría C; hasta 78.277 pesos para la categoría B y hasta $ 52.184 para la categoría A de monotributo.
Por su parte, los trabajadores autónomos que quieran acceder a este beneficio no podrán estar adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributo) ni ser integrantes de directorios de sociedades comerciales.
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