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Economía Créditos | construcción | casa

Para construir y ampliar tu casa: cómo sacar los créditos de hasta $4 millones que ofrece el Banco Nación

El Banco Nación lanzó nueva línea de créditos de hasta $4 millones a devolver en 10 años para terminar de construir o refaccionar tu casa. Quiénes y cómo pueden solicitarlos.

Con una tasas de interés preferencial –que durante el primer año se ubica por bajo de la inflaciónse podrá solicitar hasta 4 millones de pesos a devolver en un plazo máximo de 10 años.

Entre las pautas generales, la línea de préstamos personales para trabajadores, jubilados, pensionados y autónomos, que cobren sus ingresos a través del BNA, contempla un esquema diferente para aplicar la tasa de interés.

LEER MÁSCómo solicitar los nuevos créditos Banco Nación con tasas preferenciales del 40% anual

Terminación - refacción y ampliación: $4 millones para terminar tu casa

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Los detalles de los nuevos préstamos.

Los detalles de los nuevos préstamos.

Beneficios

  • A sola firma (sin garantía hipotecaria).
  • Las cuotas se descuentan de tu cuenta.
  • Eximición de IVA sobre intereses conforme lo establecido en la RG AFIP 680/99.

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Quiénes podrán solicitarlo

Trabajadores en relación de dependencia o contratados y autónomos y monotributistas, jubiladas y/o pensionadas.

Se admiten hasta dos usuarios, debiendo al menos uno de ellos ser propietario de la vivienda única y de ocupación permanente a ampliar, refaccionar y/o terminar.

¿Para qué se podrá usar el crédito?

El destino específico será para ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente.

Para considerarse terminación se deberá contar con un grado de avance no inferior al 60% del total de la obra.

Sin embargo, no se admitirá la ampliación, refacción o terminación de propiedades que se destinen total o parcialmente al uso comercial y/o profesional, como tampoco aquellas que contengan locales comerciales.

Casa única: requisito previo

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Para terminar la casa: créditos para la construcción, ampliación o refacción.

Para terminar la casa: créditos para la construcción, ampliación o refacción.

El solicitante deberá verificar que no posee otra propiedad apta para la vivienda mediante la presentación del formulario de Índice de Titularidad emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente.

Se admitirá que cada solicitante pueda ser propietario de hasta un 50% de una parte indivisa de un inmueble para vivienda siempre y cuando acredite que no reside en tal inmueble por circunstancias relacionadas a divorcio vincular o por aceptación de donaciones con usufructo gratuito de por vida sobre la propiedad, a favor de otra/s persona/s.

Modalidad

En Pesos.

Monto máximo

Se podrá solicitar hasta $4.000.000. La asistencia para la ampliación, refacción y terminación podrá ser hasta el 100% del presupuesto de obra sin exceder los 4 millones de pesos y sin superar el 50% de la tasación de la vivienda previo a la obra.

Sistema de amortización y devolución del crédito

Las cuotas se liquidarán en forma mensual y por sistema francés.

Plazos del préstamo

El máximo tiempo máximo a devolver será hasta 120 cuotas mensuales (unos 10 años).

Cómo se acredita el préstamo

Los desembolsos de otorgarán en dos cuotas.

Un primer pago inmediatamente después de la aprobación y subscripción del contrato.

El segundo desembolso, se realizará en función del avance de obra, habiéndose verificado que se ha utilizado como mínimo el 70% del desembolso anterior (incluye la compra de materiales debidamente respaldada), no pudiendo transcurrir más de seis meses desde la acreditación primer desembolso.

¿Qué garantías solicita el Banco Nación?

La línea de préstamos opera “a sola firma”.

Costo financiero y tasas de interés

La tasa a aplicar está estructurada por tramos en la vida útil del préstamo y varía en relación a la condición del solicitante.

A. Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados -que adhieran a un paquete de servicios de productos y perciban sus haberes por el Banco Nación-.

Monotributistas o autónomos (que adhieran a un paquete de servicios) y por toda la vigencia del préstamo:

  • Para los primeros doce meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 78% nominal anual.
  • A partir de la cuota 13 (trece) y hasta el mes 36 (treinta y seis) la tasa del préstamo será variable atada a la evolución de salarios.

Se calculará por periodos anuales a partir de aplicar el “porcentaje del Incremento del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), del año calendario anterior.

  • A partir del mes treinta y siete (37), se aplicará anualmente la TASA BADLAR que se aplica al sector privado, multiplicada por 1.3. Controlando que la misma no supere la tasa vigente para préstamos personales - Libre destino - Cartera Haberes, que dispone el BNA.
Costo Financiero - créditos BNA.pdf

B. Para el resto de los usuarios:

  • Durante los primeros 12 (doce) meses se aplicará una tasa de interés fija del 98% (setenta y cinco por ciento) nominal anual.
  • A partir del mes N° 13 (trece) se aplicará una tasa de interés variable que se calculará anualmente en el mes de Diciembre de cada año. La tasa a aplicar será BADLAR que se aplica al sector privado, multiplicada por 1.6. Ccontrolando que la misma no supere la tasa vigente para préstamos personales - Libre destino - Cartera Abierta sin Paquete.

Afectación de ingresos

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En la traumatizada economía argentina, los trabajadores formales e informales siguen perdiendo contra la inflación.

En la traumatizada economía argentina, los trabajadores formales e informales siguen perdiendo contra la inflación.

La cuota calculada para treinta días no deberá superar el 30% del ingreso neto calculado del/los solicitante/s y/o codeudor/es.

En caso que se incluyan codeudores, la afectación de los ingresos del/los solicitante/s titular/es deberá/n representar como mínimo el 20% del total de la cuota.

¿Qué documentación se deberá presentar?

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A través de la resolución 10/2023 Catastro propone anular todos los planos de los inmuebles que se inscribieron en el organismo hasta el año 1953.

A través de la resolución 10/2023 Catastro propone anular todos los planos de los inmuebles que se inscribieron en el organismo hasta el año 1953.

En forma adicional a la documentación habitual, el Usuario deberá presentar:

  • Presupuesto y Cronograma de Obra, suscriptos por profesional con incumbencia en la materia (Ingeniero – Arquitecto – Maestro Mayor de Obra, matriculados y/o registrados).
  • Formulario de Índice de Titularidad emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente.

Plazo máximo de la obra

El proyecto constructivo no podrá superar los 12 meses.