La fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada. La prórroga alcanza a las empresas que cerraron balances en diciembre de 2021, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 5189/2022.
La presentación se realizará mediante el aplicativo " Ganancias personas jurídicas - versión 20.0" y aquellos contribuyentes que por error hayan presentado la declaración jurada con una versión anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión actualizada.
"El aplicativo introduce la nueva escala progresiva de impuesto a las Ganancias para las sociedades aprobada por ley el año pasado", explicó Afip.



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