La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este miércoles los cambios en el esquema de pago de haberes de jubilados y pensionados con la supresión del Trámite de Fe de Vida. A través de la Resolución 151 y en consonancia con las disposiciones establecidas en las leyes 26.704 y su modificatoria, 27.721 del 30 de junio, el beneficio regirá para el pleno de las prestaciones que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Además, el artículo 4° resalta su vigencia aplicable a las liquidaciones correspondientes al mes de julio, por lo que afectará de lleno al calendario en curso para jubilados con haberes superiores a la mínima.
LEER MÁS ► Chau a la "Fe de vida": cómo será el trámite para los jubilados con la nueva ley vigente
Fe de Vida ANSES: el grupo de jubilados y pensionados que deberán presentar el trámite
Mediante el Anexo 1 adjunto a la Resolución 151 en su punto 4.1, ANSES subrayó que en aquellos casos que corresponda el pago de prestaciones a beneficiarios que no habitan en Argentina, la entidad bancaria deberá requerir con una periodicidad semestral, la ratificación del medio de cobro seleccionado, informando al organismo previsional sobre los resultados obtenidos.
"Las comisiones y/o gastos que surjan de la transferencia de los fondos al exterior, serán a cargo de cada beneficiario/a y deberán ser acordados con cada persona previo a la prestación del servicio por parte de la entidad", sumó.
LEER MÁS ► Alerta ANSES: quiénes se verán afectados por el feriado de agosto
Temas


