La medida fue oficializada este jueves a través de la Resolución General 5702/2025, publicada en el Boletín Oficial.
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Con esta prórroga, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 23 de junio de 2025 para presentar las declaraciones juradas, mientras que la fecha límite para el pago del saldo se extendió hasta el 24 de junio de 2025.
De esta forma, quedan sin efecto las fechas establecidas previamente en la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias, que organizaban los vencimientos según la terminación del CUIT de cada contribuyente.
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ARCA extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar Ganancias y Bienes Personales
Desde el organismo explicaron que la decisión se tomó a pedido de entidades profesionales del ámbito contable, que solicitaron una prórroga para poder confeccionar correctamente las declaraciones juradas.
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"Diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas", señala la resolución.