A través de la Resolución 1247/2024, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó los nuevos valores que regirán para jubilados y pensionados a partir de enero de 2025. El incremento, basado en la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), también incluye el pago de un bono extraordinario de $70.000 para quienes perciban el haber mínimo.
Nuevos montos para jubilados y pensionados
De acuerdo con el texto oficial, el haber mínimo garantizado será de $265.907,01. Sumado al bono extraordinario de $70.000, los beneficiarios de menores ingresos recibirán un total de $335.907,01 mensuales. Por su parte, el haber máximo del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) quedó fijado en $1.789.302,46, marcando una suba del 2,43% según el cálculo de movilidad realizado por la ANSES.
Además, se establecieron las bases imponibles de remuneraciones sujetas a aportes previsionales:
- Base mínima: $89.557,43.
- Base máxima: $2.910.574,49.
LEER MÁS ► Atención jubilados: PAMI ofrece un nuevo subsidio y estos son los requisitos
Cambios en las prestaciones básicas y universales
La Prestación Básica Universal (PBU), regulada por el artículo 19 de la Ley N.º 24.241, tendrá un valor de $121.640,32, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se estableció en $212.725,61. Ambos valores reflejan los ajustes derivados de la fórmula de movilidad, vigente desde julio de 2024 bajo el Decreto N° 274/24.
El bono extraordinario de $70.000 también alcanzará a los beneficiarios de la PUAM, así como a las pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables, según el artículo cuarto del decreto publicado en el Boletín Oficial.
Metodología de ajuste y alcance del bono
La fórmula de actualización mensual implementada por el Gobierno busca mantener el poder adquisitivo de los haberes frente a la inflación. Según ANSES, los valores fueron calculados considerando el IPC de noviembre de 2024, como indica la Ley N° 26.417 y el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/24.
En el caso de quienes perciban haberes superiores al mínimo, el bono será proporcional para complementar sus ingresos hasta alcanzar el monto equivalente al haber mínimo más el bono extraordinario, cuyo tope máximo también quedó definido en la normativa.






