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Caso Marchisio: piden que el médico sea otra vez juzgado por el "estado de indefensión" que tuvo en el juicio

El planteo fue realizado por el abogado Ignacio Alfonso Garrone que asumió la defensa del caso una vez dictada la sentencia que condenó al doctor Miguel Marchisio a seis años de prisión por el abuso sexual de dos pacientes que atendió en 2019.

El planteo, por demás de novedoso, fue realizado por el abogado Ignacio Alfonso Garrone, que asumió la defensa técnica del profesional de la salud días después de haber sido condenado un tribunal conformado por los jueces Nicolás Falkenberg y José Luis García Troiano y el conjuez Néstor Pereyra que lo declararon autor de “abuso sexual gravemente ultrajante” y “abuso sexual simple” en perjuicio de dos mujeres adolescentes de 15 y 16 años.

Mediante un escrito de 14 páginas, presentado ante la Oficina de Gestión Judicial, el letrado santafesino anticipó que pedirá ante un tribunal de la Cámara de Apelaciones la invalidez del debate oral y público tras considerar que su asistido tuvo una defensa inefectiva en juicio cuando fue representando por el abogado Raúl Ochoa y Gómez.

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El médico cuando era asistido por Ochoa y Gómez.

El médico cuando era asistido por Ochoa y Gómez.

Según Alfonso Garrone, su asistido contó con una estrategia defensiva “inverosímil”, sin controversia de hechos, pruebas, calificación jurídica y pena. “La falta de ofrecimiento en tiempo útil de dos elementos probatorios, sumado a las innumerables omisiones en la información a ingresar por los testigos -producto del desconocimiento de las técnicas de litigación- y el ejercicio de una defensa fundada en “estereotipos y prejuicios de género” ha afectado la defensa en juicio del Sr. Marchisio”, destacó el abogado.

Para el letrado, el “relato” inverosímil que adoptó Ochoa y Gómez, que apuntó a un pastor evangélico de esa localidad, jamás guardó correlación con lo sucedido en el juicio ya que además no tenía una “virtualidad" alguna para controvertir los hechos por los cuales los fiscales acusaron a su entonces cliente. No obstante, Alfonso Garrone atribuyó al exabogado de Marchisio haber realizado una estrategia de defensa “cargada de estereotipos de género” ya que en el debate vulneró tratados internaciones debido a que en reiteradas oportunidades se refirió de manera despectiva a las víctimas.

“Queda claro que la imposibilidad de formular las preguntas a los testigos ofrecidos por el desconocimiento de las reglas de litigación, sumado a la falta de ofrecimiento en tiempo de dos testigos fundamentales para la defensa complementan un cuadro de ausencia de efectividad en la defensa”, resaltó en otro tramo de su recurso de apelación interpuesto.

El juicio contra el médico de 52 años comenzó el pasado 28 de marzo y contó con una serie de testigos propuestos por la Fiscalía en su mayoría. La etapa probatoria del debate se extendió durante tres jornadas y contó con un llamativo incidente judicial que tuvo que resolver el tribunal de jueces.

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Ignacio Alfonso Garrone, el abogado penalista actualmente a cargo de la defensa del caso.

Ignacio Alfonso Garrone, el abogado penalista actualmente a cargo de la defensa del caso.

Es que, durante la tercera jornada del juicio, se presentaron en la sala tres personas que fueron convocadas por el abogado Ocho y Gómez para prestar declaración. Sin embargo, su testimonio nunca había sido incorporado a la causa (no fueron propuestos en la lista de testigos acordada en la audiencia preliminar) ni tampoco formaron parte de una “prueba nueva” que permitiera a la defensa llevarla ante un tribunal, tal como lo prevé el artículo 324 del Código Procesal Penal de Santa Fe.

Culminada esa parte del debate, el 1 de abril, los jueces Falkenberg y García Troiano, junto con el conjuez Pereyra, impusieron al médico una pena de 6 años de prisión efectiva y lo declararon autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante” y “abuso sexual simple”.

Dichas calificaciones también fueron objeto de cuestionamiento por parte del abogado Alfonso Garrone ya que consideró que el fallo no brindó "adecuada fundamentación" a la selección de la figura en cuestión. En esa línea, destacó que el caso debió ser encuadrado en un abuso sexual simple y cuya pena debió ser de dos años de prisión condicional.