Ante la necesidad de integrar las regiones del Litoral y Mesopotamia, Santa Fe y Entre Ríos habían presentado varios proyectos de puentes que fueron invalidados por el Estado Nacional. Ante este escenario y como el espacio aéreo ―junto con el espejo de los ríos― no pertenecen a las provincias y está bajo jurisdicción nacional, los gobernadores Raúl Uranga (Entre Ríos) y Carlos Sylvestre Begnis (Santa Fe) resolvieron utilizar un instrumento jurídico previsto en la Constitución de la Nación Argentina. Es decir, la celebración de tratados destinados a resolver problemas comunes, en este caso, con la construcción de un túnel subfluvial que al estar por debajo del lecho del río correspondía que sea administrado por las provincias.
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Además, por las características de la obra permitía trasladar todo tipo de carga; en cambio un puente dispone siempre de un límite en el peso de los vehículos que lo transitan y esto complicaría el paso de camiones con cargamento pesado.
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Otro de los argumentos es que un túnel tiene una vida casi ilimitada, frente a la de un puente que sufre más desgaste y su costo de mantenimiento resulta oneroso. Sumado a esto, el túnel no interrumpe la navegación.
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