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Actualidad Provincia de Santa Fe |

Las autoridades locales ya pueden habilitar el 100% de aforo en los eventos masivos

A través de la resolución N°0575 publicada este jueves 18 de noviembre, el gobierno provincial le da la potestad a los intendente y presidentes comunales a decidir si amplían o no al 100% el aforo.

Este jueves el gobierno de la provincia de Santa Fe realizó modificaciones en las reglas para los eventos masivos en todo el territorio provincial. A través de la resolución N°0575 publicada este jueves 18 de noviembre, indicaron que los intendentes y presidentes comunales podrán decidir si amplían o no el aforo al 100% tanto en eventos cerrados como al aire libre.

"Las autoridades municipales y comunales podrán autorizar en sus jurisdicciones la realización de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales con ocupación del máximo de la superficie disponible tanto en espacios cerrados como al aire libre, en la medida que las condiciones de la infraestructura de las instalaciones o lugares donde se desarrollen las mismas aseguren el cumplimiento estricto de las restantes reglas generales de conducta obligatorias", establece la nueva resolución.

Hace poco más de una semana, la provincia había ampliado el aforo y el horario de cierre en los salones de fiesta. Estableció que el límite de capacidad es del 70% y se puede asistir hasta las 3 los jueves, fines de semana y vísperas de feriado.

Nación también flexibilizó las medidas relacionadas con los eventos masivos. Indicó que no tendrán límites de aforo ante el avance de la vacunación contra el covid-19. La medida se formalizó mediante la Decisión Administrativa número 1128/2021.

Leer más ► Flexibilizaciones: qué va a pasar con los eventos al aire libre en la provincia de Santa Fe

La cartera destacó que las personas mayores de 18 años que concurran a estos eventos al aire libre deberán contar con, al menos, una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, con una antelación de 14 días antes del evento.

Además, "las jurisdicciones podrán establecer medidas sanitarias adicionales, temporarias y focalizadas, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, con la finalidad de contener los contagios o para disminuir el riesgo de transmisión", explicó el Ministerio.

La cartera hace la salvedad que el Jefe de Gabinete de Ministros, podrá suspender o modificar las normas previstas de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.

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