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Sonia Tessa | Provincia de Santa Fe | mujeres |

Para que tener un hijo pequeño no sea un obstáculo: 200 empresas de la provincia de Santa Fe deben contar con espacios de cuidado

Desde el jueves pasado, las compañías con más de 100 personas empleadas tienen obligación de contar con las (mal) llamadas guarderías, o pagar una suma a trabajadores con niñas y niños menores de tres años. En Santa Fe, alcanza a más de 200 empresas.

En ese marco, unas 200 empresas en toda la provincia de Santa Fe están obligadas desde el jueves pasado a disponer de espacios de cuidado para niñas y niños de 45 días a 3 años. Conocidas popularmente como guarderías, término desaconsejado por especialistas en educación infantil, las empresas pueden tener un espacio propio, o asociarse con otras cercanas. Como alternativa, pueden pagarle a quienes emplean una suma equivalente al 40% del salario para una persona que haga tal tarea, siempre que esté registrada.

La reglamentación del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo estipula que su incumplimiento es una infracción laboral muy grave. La fiscalización está a cargo del Ministerio de Trabajo de cada provincia y en Santa Fe, el ministro de Trabajo Juan Manuel Pusineri estimó en más de 200 las firmas que quedarán incluidas en esta norma.

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“El cumplimiento lo vamos a empezar a ver ahora porque, a partir de ser operativo el decreto, ya existe la posibilidad de que se pongan sobre la mesa los incumplimientos, es decir, que los sindicatos o los trabajadores puedan empezar a manifestar cuando no se está cumpliendo esta norma”, expresó Pusineri, quien afirmó: “Necesitamos un plazo para ver, desde el ministerio, donde en principio se canalizan este tipo de reclamos, cuál fue el proceder de las empresas”.

La Ley de Contrato de Trabajo fue sancionada en 1974 y su artículo 179 establece que “en los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”. Nunca fue reglamentada, y el 21 de octubre de 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Ejecutivo que lo haga.

“Las directivas que emanan de dicho convenio y de los tratados internacionales sobre derechos humanos consagran innegablemente la igualdad de derechos de hombres y mujeres frente a las responsabilidades familiares. Más aún, imponen a los Estados nacionales la obligación de adoptar medidas adecuadas que permitan erradicar el perimido patrón sociocultural que pone exclusivamente a cargo de las mujeres las tareas domésticas y la crianza de los hijos”, es parte de la argumentación del máximo Tribunal.

Al mismo tiempo, el gobierno avanzaba en la elaboración del proyecto de ley Cuidar en Igualdad, que ingresó en el Congreso en mayo de 2022, pero todavía no se trató en la Cámara de Diputados.

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El 22 de marzo de 2022, el presidente Alberto Fernández firmó el decreto 144, que en el cómputo de la cantidad de 100 personas no distingue entre géneros y se realiza teniendo en cuenta a todas las personas que dependen de la empresa, como así también quienes prestan servicios en el establecimiento principal. Allí se estipulaba un año de plazo para la adecuación, y las alternativas para llevarla adelante.

Las quejas empresarias se hicieron oír en medios de comunicación, pero también hubo, recién el 16 de marzo –sobre la hora- un acuerdo entre la Confederación General del Trabajo y la Unión Industrial Argentina, “para que aquellas empresas alcanzadas por el decreto que aún no hayan acordado el reintegro con el sindicato de la actividad o no tengan instalado el espacio de cuidado, puedan otorgarles transitoriamente a sus personas trabajadoras el reintegro del 40% del salario para trabajadoras de casas particulares, cuarta categoría, estipulando un plazo de transición de 4 meses máximo”. En marzo de 2023, esto significa casi 34.000 pesos.

En la semana anterior a la entrada en vigencia del decreto, Unicef publicó un informe conjunto con el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), que se llama “Acá ganan todos”, en el que analiza cinco empresas que cuentan con espacios de cuidado. Entonces, a solo una semana de la obligatoriedad, Unicef estimó que sólo un 5 por ciento de las empresas contaban con esos espacios. “Surge de este estudio que la oferta de espacios de educación y cuidado destinados a hijas e hijos de trabajadores y trabajadoras redunda también en importantes beneficios para las empresas y organizaciones privadas, tales como: aumento de la productividad, descenso de ausentismo, menor rotación del personal, fidelización del personal, mejora del clima de trabajo, armonización de las relaciones laborales, entre otros aspectos”, expresa ese informe.

El jueves pasado, las ministras de Mujeres, Género y Diversidad, Ayelén Mazzina y de Trabajo, Raquel Kelly Olmos, junto al Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren presentaron oficialmente esta reglamentación y subrayaron que “la medida también promueve el registro de lxs trabajadorxs de cuidado, ya que en caso de optar por la vía de negociación colectiva para el reintegro, éste se realiza únicamente cuando los trabajos estén debidamente documentados, es decir, registrados”. En todo el país, el número de empresa que deberán adecuarse alcanza a casi 9.000.