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Sociedad Perspectiva de género | Paridad de género | Argentina

¿Por qué se necesita un derecho laboral con enfoque de género?

Los informes sobre la situación actual de las mujeres revelan que hay brechas tanto en materia de ocupación como de remuneración. El contexto es una ley de contrato de trabajo que tiene una mirada sobre la mujer en un rol vinculado exclusivamente con la maternidad.

En las últimas décadas, la participación de mujeres y personas LGBTI+ en el mundo del trabajo se ha incrementado notablemente, tanto en Argentina como en la región. Sin embargo, su acceso, permanencia y desarrollo laboral se ven obstaculizados por una desigualdad de género estructural latente.

El derecho laboral con perspectiva de género que distingue a hombres y mujeres encuentra su razón de ser en el hecho de que la ley de contrato de trabajo N° 20.744 tiene una “mirada protectora de la mujer trabajadora como madre y que las tareas de cuidado le corresponden solo a ella. Esto dificulta avanzar hacia ideas de corresponsabilidad porque, aunque en los hechos esto suceda así, la ley no debería fomentar esto, sino trabajar por modificarlo”, afirma de manera contundente la abogada feminista laboralista Fabiana Sosa.

¿Cómo es la fotografía actual de esa desigualdad?

En el mundo del trabajo, en cuanto a datos de la Dirección Nacional de Economía, Igualdad y Género, la cancha está desnivelada. Los informes sobre la situación actual de las mujeres revelan que “hay brechas tanto en materia de ocupación como en materia de remuneración. Ni que hablar en materia de afiliación sindical”, indica Fabiana Sosa.

Al tercer trimestre del 2022, los datos oficiales mostraban que la brecha entre ingresos totales entre varones y mujeres en Argentina es del 24,5%; que las mujeres debieron trabajar 8 días y 10 horas más que los varones ocupados para ganar lo mismo que ellos en un mes y que, en junio de 2022, solo una de cada 10 mujeres en edad jubilatoria –entre 55 y 59 años– contaban con más de 20 años de aportes.

Estos números contundentes indican que “la situación en Argentina es de discriminación legislativa”, explica Sosa. En ese sentido, “la ley de contrato de trabajo vigente sigue estando un poco atrasada, no actualizada en materia de género y diversidades y no está a la altura de alcanzar ciertos estándares que el país asume en la materia en el nuevo Código Civil”.

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Con ello, la abogada laboralista se refiere a conquistas en materia de derechos como la Ley de Identidad de Género y el Matrimonio igualitario. Sin embargo, dice, “esa ampliación de derechos no se traduce en una ley de contrato de trabajo que contemple, por ejemplo, licencias para tratamientos por fertilización, el matrimonio igualitario o la guarda en adopción. Sigue teniendo licencias atadas en el tiempo, con sesgos maternalistas, sin pensar el otorgamiento de licencias en función de la co-responsabilidad, ya propuesta en el código civil. La lectura allí es que las mujeres estamos destinadas solo a maternar. Además, la ley continúa hablando en términos de mujer y varón, suprimiendo identidades no binarias que gestan”.

¿Por qué es necesaria la perspectiva de género en el mundo del trabajo?

La desigualdad en el mundo laboral entre varones y mujeres se evidencia de muchísimas formas. Techo de cristal, segregación horizontal y vertical, brecha salarial, de acceso y piso pegajoso “son figuras que describen una realidad que existió siempre, pero a la que se le puso nombre hace poco tiempo”, indica Cynthia Benzion, presidenta de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas.

Teniendo en cuenta que “los mayores índices de desempleo abarcan a mujeres y especialmente a mujeres jóvenes, que las mujeres no están registradas, que no se pueden jubilar, que son intermitentes en el ingreso y egreso a puestos de trabajo y que son quienes tienen asignados mayoritariamente los roles de cuidado –hechos que en situaciones de pobreza son más profundos y evidentes–, es que incluimos esta mirada de género en las relaciones laborales”.

Los empleadores, dice la abogada, “no han tenido un rol de asumir algún grado de responsabilidad en cuestión de la no discriminación”. Y esto sucede porque se prioriza la libertad de las empresas “poniendo el derecho de contratar por encima del derecho a ser contratado”.

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Un estudio reciente indica que en la Argentina tres de cada 10 mujeres sufrieron algún tipo de violencia en sus trabajos.

Un estudio reciente indica que en la Argentina tres de cada 10 mujeres sufrieron algún tipo de violencia en sus trabajos.

La ley de contrato de trabajo vigente data de 1974 y en ella se considera a la mujer trabajadora “como un objeto desde su potencial capacidad reproductiva y no como un sujeto de derecho, asignando la tutela familiar como bien supremo y la relega del mundo laboral”. El Estado, en un rol prácticamente pasivo, “no ha aportado nunca demasiado para que esto mejore”.

El debate actual que aún se está dando en las empresas sobre los espacios de cuidado infantil está orientado a revertir algunas de estas cuestiones. “El Estado Nacional nunca avanzó en el dictado de una reglamentación en relación a esos espacios. Por eso, fue necesario un fallo de la Corte Suprema de Justicia”.

El fallo “Etcheverry”, que logró subsanar una omisión de más de cinco décadas, obligaba a las empresas a ofrecer espacios de cuidados para los hijos de los trabajadores, pero avanzó un paso más allá: habilitó la posibilidad de que esos espacios sean sustituidos por un reintegro de gastos”.

Sin embargo, cuenta Cynthia Benzion, el gobierno, junto con la CGT y algunas cámaras empresarias, decidió suspender hasta dentro de cuatro meses la vigencia plena de la norma hasta tanto las empresas decidan si mantienen una suma fija de reembolso o si cumplen con el mandato legal de habilitar esos espacios”.

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La abogada laboralista cree que esta es una “tergiversación peligrosa porque el cuidado sigue recayendo en la mujer trabajadora que siempre sigue a cargo de la gestión del cuidado porque va a tener que buscar el espacio fuera de su trabajo o buscar a la persona que va a ir a su casa a cuidar a sus hijos. Hubiera sido transformador, realmente, que el avance tuviera el alcance que tenía desde el inicio”.

Violencia laboral

Un estudio de la fundación Friedrich-Ebert-Stiftung y Grow Género arrojó que en Argentina tres de cada 10 mujeres sufrieron violencia sexual en el trabajo. Las principales formas en las que se presenta son mediante comentarios inadecuados sobre el cuerpo o la vestimenta (33%); acercamientos físicos inapropiados que pueden incluir desde avances sobre el espacio personal hasta contacto físico no consentido (22%) y favores sexuales a cambio de beneficios o promociones laborales (4%).

Cuando se abordan las desigualdades y la discriminación por motivos de género en el mundo del trabajo, se produce una especie de negación del problema, algo que no ocurre en otros tipos de discriminación. Es decir que hay determinados hechos que no se identifican como discriminación, sino que se las toma como “naturales” y esperables.

Los datos recolectados por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, en relación al informe del Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género, indican que el 1,3% de las consultas corresponden a violencia de género en el ámbito laboral.

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Sin embargo, señala Fabiana Sosa, “actualmente no solo no se otorgan licencias por violencia familiar, sino que dentro de las empresas persiste la idea de que es mejor callarse y no hacer las denuncias”.

El protocolo para el abordaje de las violencias de género en el sector público nacional (decisión administrativa 1012/2021) recomienda a todos los organismos del sector público nacional que aún no tengan implementada la licencia por violencia de género que la implementen.

Sin embargo, en el ámbito privado, el vacío legal continúa siendo importante. “Si el empleador se guía por las ley de contrato de trabajo actual las respuestas que va a dar no son armónicas. Es necesario avanzar hacia una sociedad igualitaria dónde las mujeres puedan defender sus derechos y donde sus reclamos sean escuchados sin depender de la buena voluntad de los empleadores”, concluye Fabiana Sosa.