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Sociedad Cannabis | Drogas | Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

A 14 años del fallo Arriola, cuál es la situación de los usuarios de drogas en la Argentina

El fallo que despenalizó el consumo de sustancias ilegales en Argentina, hace 14 años, sentó una nueva jurisprudencia, pero su aplicación es totalmente dispar. Pese a ese fallo, la ley de drogas no fue modificada y los usuarios de sustancias ilegales siguen siendo perseguidos por la ley penal.

Hace 14 años, el 25 de agosto de 2009, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el fallo conocido como Arriola que, mediante la declaración de inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.737 (de drogas) establecía la despenalización del consumo de sustancias ilegales en Argentina. Sin embargo, pese a que sentó jurisprudencia, el avance no pudo ser plasmado en materia legislativa y la ley de drogas sigue vigente tal cual se la sancionó en 1989.

Desde ese entonces, numerosos proyectos de ley – cuya finalidad era la regulación del consumo de sustancias, sobre todo, cannabis - ingresaron al Congreso de la Nación, pero la voluntad política para su tratamiento y aprobación no existió. El Estado, bajo la influencia de las iglesias, continúa con su postura negacionista y paternalista, negando la autodeterminación de las personas y sigue con la lógica de enfocar la problemática desde una mirada punitivista y no con un abordaje vinculado a la salud mental y los consumos problemáticos y con la premisa de la reducción de daños.

En ese contexto, resulta ilógico y contradictorio que, mientras avanza el uso medicinal y terapéutico del cannabis, y se impulsa el desarrollo en materia económica y productiva del cáñamo industrial, todavía haya personas detenidas o procesadas por tenencia de marihuana para consumo personal o por tener cultivos en sus casas. Al respecto, hay que destacar que actualmente ley de salud mental no cuenta con presupuesto y la ley de abordaje de consumos problemáticos no está siquiera reglamentada, mucho menos cuenta con presupuesto. Así, teniendo en cuenta la cantidad de causas iniciadas en el fuero penal, vale preguntarse por los gastos en recursos y la infraestructura destinada a perseguir a consumidores.

En diálogo con AIRE, el abogado y militante cannábico, David Rojkin, señaló que el incumplimiento del fallo Arriola, o bien, la falta de regulación del consumo de drogas ilegales “genera algunas consecuencias, como la responsabilidad internacional de Argentina que adhirió a instrumentos legales internacionales como la Convención Interamericana de DD.HH. que protegen el derecho a la intimidad y la privacidad, como el art. 19 de la Constitución. Básicamente, es autonomía decisoria sobre cuestiones inherentes a las personas”.

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Pese a que sentó jurisprudencia, el avance no pudo ser plasmado en materia legislativa y la ley de drogas sigue vigente tal cual se la sancionó en 1989.

Pese a que sentó jurisprudencia, el avance no pudo ser plasmado en materia legislativa y la ley de drogas sigue vigente tal cual se la sancionó en 1989.

“Esto va en contra del derecho mismo a la autodeterminación, a poder conducir y resolver nuestra vida como mejor nos parezca”, advirtió el jurista.

Rojkin destacó que “concebir que criminalizando al usuario vamos a eliminar el narcotráfico no solo es negacionista sino que implica ir contra nuestra dignidad. Las personas son un fin en sí mismos, no pueden ser instrumentalizadas como un medio para un fin” y advirtió: “seguir criminalizando usuarios de drogas es seguir desconociendo el art. 19 de la C.N. que impide al poder punitivo entrometerse en la esfera privada de las personas”.

Además, el militante cannábico aseguró que “dejar de perseguir y criminalizar usuarios de sustancias le ahorrara muchísimos recursos económicos y humanos al Estado y podría aliviar un poco la sobrepoblación carcelaria, además de agilizar el sistema judicial propiamente dicho”.

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A su vez, Rjkin pregunta: “Con los altos niveles de violencia que se viven producto del narcotráfico en lugares como Rosario, ¿el Estado no debería invertir esos recursos en perseguir a los cabecillas de las bandas narco en vez de a usuarios y usuarias?”

“El prohibicionismo no atenta contra las drogas sino contra la vida, la salud y la integridad de las personas, derechos fundamentales de estas. Un consumo problemático no puede afrontarse con abstencionismo y demonización sino con evidencia científica y estadística para que las personas conozcan los riesgos de consumir sustancias, de sus interacciones y no tengan miedo de recurrir al sistema de salud sin ser estigmatizadas o criminalizadas”, enfatizó.

Por su parte, el abogado constitucionalista, Domingo Rondina, resaltó que el fallo Arriola “fue uno de los grandes fallos de la Corte” y recordó que ya había un fallo en la misma dirección de la década del 80, conocida como Bazterrica. En la década del 90 se dejó de lado ese camino con el fallo Montalvo y, en 2009, la Corte estudió el tema y dijo que la reforma del constitucional de 1994 intensificó la protección de la privacidad de las personas. “Y la Corte también consideró que todos estos años de punición no han resuelto el problema de la adicción”, reveló Rondina en contacto con AIRE.

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El experto constitucional reforzó: “La Corte dice que el consumo de los estupefacientes es acción privada de las personas” y aclaró: “En ese entonces, se esforzó en decir que solo era para el consumo de marihuana y solo para este caso concreto. Pero en la esencia del fallo dice que todos los estupefacientes para consumo personal –no la venta- quedan despenalizados”.

“Desde ahí, toda la jurisprudencia de la Nación cambió. Hay una cantidad de fallos donde se empieza a despenalizar el consumo de estupefacientes basándose en Arriola”, dijo Rondina y precisó que “la segunda parte del fallo fue con el caso Macame: la Corte dice que al igual que en Arriola, si alguna persona fabrica aceite medicinal o cultiva, s debe ser equiparado a tener un porro. Entonces la Corte dice, evolucionando el fallo de Arriola, debe ser despenalizado el cultivo siempre que se pueda acreditar que es para consumo personal (Arriola) o medicinal (Macame).

Colecta de firmas para modificar la ley de drogas

Este jueves, en la peatonal San Martín de la ciudad de Santa Fe, se llevó a cabo una colecta de firmas para exigir a los legisladores nacionales la modificación de la ley 23737. La actividad fue impulsada por la diputada de Santa Fe (GEN) e integrante de la ONG Miradas, Mónica Peralta.

“Desde La Asociación Civil para una nueva política de drogas, Miradas, solicitamos a las y los legisladores nacionales representantes de la provincia de Santa Fe que cumplan el fallo Arriola y modifiquen la Ley de drogas 23.737 para dejar de penalizar a consumidoras y consumidores. Necesitamos una nueva política que modifique el esquema represivo y contemple los DDHH de usuarias y usuarios”, aseguró Peralta.

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Este jueves, en la peatonal San Martín de la ciudad de Santa Fe, se llevó a cabo una colecta de firmas para exigir a los legisladores nacionales la modificación de la ley 23737.

Este jueves, en la peatonal San Martín de la ciudad de Santa Fe, se llevó a cabo una colecta de firmas para exigir a los legisladores nacionales la modificación de la ley 23737.

A su vez, la legisladora precisó que “despenalizar es una deuda. Desde el año 2009 la Corte Suprema dijo que la actual Ley de drogas es anticonstitucional ya que vulnera el artículo 19 y, por lo tanto, se debe modificar; no obstante, el congreso de la Nación aún no cumplió este fallo por eso es el reclamo y la colecta de firmas que presentaremos en el congreso nacional”.

“Ya son 14 años de desobediencia de nuestro parlamento y 14 años en los que se sigue persiguiendo y estigmatizando a usuarios y usuarias. En ese sentido, creemos que es fundamental impulsar el debate sobre la necesidad de una nueva política de drogas. Que no penalice a usuarias y usuarios. Que contemple la plena vigencia de los derechos humanos. Que ponga el foco en las personas y no en las sustancias. Que no criminalice”, ahondó la diputada.

Por último, el fiscal Walter Rodríguez identifica un conflicto entre el enfoque de salud y el castigo penal en el tratamiento de consumidores de drogas. En ese sentido, destaca la Ley 23.737, que establece medidas de seguridad curativas para quienes cometen delitos bajo la influencia de la droga y argumenta que esta mezcla de salud y penalización contradice el derecho a la autodeterminación y resalta la necesidad de considerar tratamientos adecuados y respetuosos de los derechos individuales.

El fallo Arriola