Violencia de género: los ejes centrales del proyecto que propone cambiar el sistema de protección en Santa Fe

La iniciativa plantea pasar de un modelo reactivo a uno de gestión integral del riesgo. Propone evaluar las situaciones de manera dinámica, reforzar las medidas según el nivel de peligro, incorporar tobilleras duales en casos de riesgo alto o crítico y reducir las cargas que hoy recaen sobre las mujeres.

El proyecto busca terminar con el abordaje fragmentado de las situaciones de violencia de género.

El proyecto busca terminar con el abordaje fragmentado de las situaciones de violencia de género.

El Gobierno de la Provincia presentó el jueves el proyecto de ley de Prevención, Protección y Gestión Integral del Riesgo frente a la violencia de género, una iniciativa que será enviada a la Legislatura de Santa Fe para su tratamiento.

La propuesta fue elaborada de manera conjunta por los ministerios de Igualdad y Desarrollo Humano, de Justicia y Seguridad y de Gobierno e Innovación Pública, y plantea modificar el modo en que el Estado interviene frente a las situaciones de violencia por razones de género.

La propuesta fue elaborada de manera conjunta por los ministerios de Igualdad y Desarrollo Humano, de Justicia y Seguridad y de Gobierno e Innovación Pública.

La propuesta fue elaborada de manera conjunta por los ministerios de Igualdad y Desarrollo Humano, de Justicia y Seguridad y de Gobierno e Innovación Pública.

Uno de los principales objetivos es terminar con el abordaje fragmentado de estos casos y evitar que una mujer tenga que comenzar de cero cada vez que entra en contacto con una institución diferente.

La iniciativa propone pasar de un esquema centrado principalmente en actuar después de que ocurre un episodio a un modelo integral de gestión del riesgo. El objetivo es detectar las situaciones de manera temprana, evaluar su evolución, disponer medidas de protección, monitorear su cumplimiento y volver a intervenir cuando las circunstancias cambien.

De esta manera, la información disponible, la evaluación del riesgo, las medidas judiciales, el 911, la respuesta policial, los dispositivos tecnológicos, la asistencia material y el seguimiento pasarían a formar parte de una misma estrategia estatal de protección.

La síntesis de la iniciativa establece dieciséis puntos centrales que atraviesan la evaluación del riesgo, las medidas de protección, el funcionamiento de la Justicia, el uso de tecnología, la asistencia material y la coordinación entre los distintos organismos que intervienen.

Un riesgo que cambia y debe ser evaluado de manera permanente

Uno de los principales cambios planteados es que el riesgo deje de ser considerado como una fotografía tomada a partir del último episodio denunciado. La evaluación deberá contemplar de manera conjunta los antecedentes y la evolución de cada situación, incluyendo la reiteración y el escalamiento de la violencia, las amenazas, el control coercitivo, una separación reciente, el acceso a armas, los incumplimientos de medidas, la violencia sexual, la utilización de niñas, niños y adolescentes, las intervenciones policiales previas y la propia percepción de peligro de la persona protegida.

A partir de esa evaluación, el riesgo será clasificado como bajo, medio, alto o crítico y deberá actualizarse cuando cambien las circunstancias.

Para sostener ese seguimiento, el proyecto plantea terminar con la fragmentación de la información mediante la creación de un Registro Digital Único de Denuncias y Medidas de Protección. La información considerada indispensable para proteger a una persona no quedaría dispersa entre expedientes judiciales, intervenciones policiales, llamados al 911 y actuaciones de distintos organismos. El acceso al registro estaría organizado por perfiles y sujeto a reglas de seguridad, trazabilidad y protección de datos.

Protección judicial y también material

La iniciativa parte de la premisa de que una medida judicial puede resultar insuficiente si la persona protegida no cuenta con los recursos necesarios para hacerla efectiva. Por eso propone crear y fortalecer un Fondo Provincial de Asistencia Urgente, destinado a cubrir necesidades inmediatas como traslados, alojamiento transitorio, cambio de cerraduras, seguridad domiciliaria y comunicaciones, entre otras.

El objetivo es que la falta de recursos económicos no se convierta en un obstáculo para acceder a una protección efectiva.

El proyecto también prevé la creación de un Equipo Interdisciplinario especializado, que tendrá intervención técnica en la evaluación, el seguimiento y el abordaje de los casos. La intención es que las decisiones no se basen en información aislada, sino que incorporen una mirada interdisciplinaria sobre el riesgo, los vínculos, la situación de niñas, niños y adolescentes y la evolución de cada caso. Su intervención, según establece la síntesis, no deberá demorar ni condicionar las medidas urgentes.

Un sistema coordinado entre Justicia, seguridad y organismos administrativos

Otro de los ejes es fortalecer y coordinar las competencias de los organismos que intervienen en estas situaciones. El proyecto no concentra la respuesta en una única institución, sino que propone que el Poder Judicial, el Ministerio Público de la Acusación, las fuerzas de seguridad, el 911 y los organismos administrativos actúen dentro de sus respectivas competencias, pero como partes de un mismo sistema.

La continuidad de la información y de las intervenciones aparece así como una de las claves del nuevo esquema.

El juez podría reemplazar el monitoreo electrónico dual únicamente mediante una decisión fundada cuando otras medidas permitan garantizar una protección equivalente o superior.

El juez podría reemplazar el monitoreo electrónico dual únicamente mediante una decisión fundada cuando otras medidas permitan garantizar una protección equivalente o superior.

En los casos considerados de riesgo alto o crítico, las tobilleras duales pasarían a ser la regla. El juez podría reemplazar el monitoreo electrónico dual únicamente mediante una decisión fundada cuando otras medidas permitan garantizar una protección equivalente o superior. Y si no hubiera disponibilidad tecnológica de manera transitoria, esa circunstancia no debería traducirse en una menor protección: el proyecto establece que deberán adoptarse inmediatamente medidas sustitutivas.

La urgencia por encima de las discusiones de competencia

La propuesta también modifica el modo de abordar las situaciones urgentes en materia de competencia judicial. Cualquier juez que tome conocimiento de un caso en el que una persona necesite protección inmediata podrá adoptar las medidas urgentes, aunque luego no sea quien deba continuar interviniendo.

Posteriormente, las actuaciones serán remitidas al órgano competente, pero la discusión acerca de qué juez debe intervenir no podrá retrasar la protección.

La intensidad de las medidas, a su vez, deberá acompañar la evolución del riesgo. El proyecto contempla distintas herramientas, entre ellas las prohibiciones de acercamiento y contacto, la exclusión del hogar, los perímetros fijos o dinámicos, los dispositivos de alerta, el monitoreo electrónico, el desarme y la custodia policial.

Ante un incumplimiento, el juez podrá ampliar, sustituir o intensificar inmediatamente las medidas de protección. Cuando exista gravedad o inminencia, no será necesario agotar previamente alternativas menos intensas.

Un juez con mayor capacidad de intervención

El proyecto también busca fortalecer el rol activo de los jueces. La intervención judicial será oficiosa, lo que permitirá impulsar actuaciones, requerir información y pruebas, solicitar informes, disponer comparecencias, localizar personas o armas, modificar o ampliar medidas y adoptar las decisiones necesarias para neutralizar el riesgo.

De esta manera, la iniciativa amplía las facultades protectorias, cautelares, ordenatorias y conminatorias de la jurisdicción.

Al mismo tiempo, plantea que la protección no se convierta en una nueva carga para la mujer. Para eso incorpora expresamente el principio de mínima carga procesal: la persona protegida no debería asumir la responsabilidad de impulsar las actuaciones, controlar al agresor, diligenciar o notificar las medidas.

Tampoco debería ser ella quien tenga que modificar su vida cotidiana como primera respuesta. Según el proyecto, las restricciones deben recaer prioritariamente sobre quien genera el riesgo.

Primero proteger y después garantizar el derecho de defensa

Otro de los cambios propuestos se vincula con el momento en que deben adoptarse las medidas. Cuando exista una situación de urgencia, la protección deberá disponerse inmediatamente y no quedará supeditada a una audiencia previa ni a la notificación anticipada de la persona denunciada.

Una vez adoptada la medida, se garantizará el derecho de defensa y contradicción. La notificación podrá realizarse incluso al momento de ejecutar la medida, pero esa tarea no será trasladada a la persona protegida.

Cuando exista una situación de urgencia, la protección deberá disponerse inmediatamente y no quedará supeditada a una audiencia previa.

Cuando exista una situación de urgencia, la protección deberá disponerse inmediatamente y no quedará supeditada a una audiencia previa.

Los incumplimientos, además, dejarán de ser considerados hechos aislados. Cada incumplimiento será incorporado como un nuevo dato para evaluar el riesgo y deberá dar lugar a una reevaluación de la protección. De acuerdo con la gravedad del incumplimiento y el peligro concreto, las medidas podrán intensificarse.

Para los incumplimientos graves, el proyecto incorpora expresamente entre las herramientas judiciales el arresto conminatorio, cuando exista un riesgo concreto y actual y las demás medidas resulten insuficientes. Se plantea como una herramienta excepcional destinada a hacer cumplir la decisión judicial y neutralizar el riesgo, independientemente de la investigación penal que corresponda, para la cual se prevé la intervención inmediata del Ministerio Público de la Acusación.

El seguimiento continúa después de dictada la medida

La iniciativa también busca modificar la idea de que una medida judicial constituye el final de la intervención estatal. El Equipo Interdisciplinario tendrá a su cargo el seguimiento y los jueces deberán revisar periódicamente las medidas, especialmente cuando se trate de situaciones clasificadas como de riesgo alto o crítico.

La ausencia de nuevos episodios de violencia durante un determinado período no implicará, por sí sola, que el riesgo haya desaparecido ni que las medidas deban levantarse.

En ese esquema, el objetivo final es evitar que una mujer tenga que comenzar nuevamente el proceso cada vez que entra en contacto con una institución diferente. La información, la evaluación del riesgo, las medidas judiciales, el 911, la respuesta policial, los dispositivos tecnológicos, la asistencia material y el seguimiento pasarían a integrar una misma estrategia estatal de protección.

El cambio de paradigma que propone el proyecto puede resumirse en el pasaje de un Estado que reacciona frente a cada episodio de violencia, considerado como un hecho aislado, a la gestión integral del riesgo: detecta antes, comparte información, protege de inmediato, monitorea, controla los incumplimientos y aumenta la respuesta cuando también aumenta el peligro.

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