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Qué pasa si soy autoridad de mesa en las elecciones y no puedo ir

Si no podés cumplir con tu designación como autoridad de mesa en las elecciones, hay razones válidas para excusarse. Conocé qué dice la ley y cómo hacerlo.

El próximo domingo 26 de octubre se celebrarán las elecciones legislativas en todo el país. Con la designación de las autoridades de mesa, surge una duda común: ¿qué sucede si la persona designada no puede cumplir con su función? Aunque ser autoridad de mesa es un deber obligatorio, existen motivos válidos para excusarse, según el Código Electoral Nacional. En caso de no presentar una justificación, se podrían enfrentar sanciones y multas.

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Excepciones permitidas según la ley

El Código Electoral Nacional (CEN) establece que ser autoridad de mesa es una obligación cívica. La ausencia no justificada puede derivar en sanciones. No obstante, existen razones legítimas para excusarse. Según el Artículo 75 del CEN, las excusas deben presentarse dentro de los tres días siguientes a la notificación. Se aceptan motivos como enfermedad o fuerza mayor debidamente comprobados. Pasado este plazo, solo se aceptarán excusas por causas sobrevinientes, las cuales serán evaluadas por la Junta Electoral.

Elecciones en la provincia de Buenos Aires.
La ley establece excusas válidas para no asistir como autoridad de mesa, pero la ausencia sin justificación puede derivar en sanciones.

La ley establece excusas válidas para no asistir como autoridad de mesa, pero la ausencia sin justificación puede derivar en sanciones.

Motivos válidos para excusarse

Las razones de enfermedad solo serán aceptadas si se cuenta con un certificado médico emitido por autoridades sanitarias nacionales, provinciales o municipales. También podrán excusarse aquellas personas que desempeñen funciones de organización o dirección en un partido político o que sean candidatos, debiendo presentar una certificación del partido correspondiente.

Requisitos para ser autoridad de mesa

Para ser designado como autoridad de mesa, se debe cumplir con ciertos requisitos: ser elector, tener entre 18 y 70 años, saber leer y escribir, y residir en la sección electoral donde se ha sido designado.

Sanciones por no presentarse como autoridad de mesa

El CEN establece que los electores que no asistan a su lugar de trabajo como autoridad de mesa sin justificación podrán enfrentar penas que van desde seis meses hasta dos años de prisión. Lo mismo aplica a quienes abandonen su función durante el transcurso de la jornada electoral.

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Cómo solicitar la excusación

Si se cuenta con una justificación válida y se desea excusarse, se debe ingresar al portal oficial de la Justicia Nacional Electoral en www.padron.gob.ar/cne_autexcusa/. Allí, se debe completar un formulario con los datos personales y el motivo de la excusa, adjuntando los documentos necesarios. Entre los motivos que se pueden seleccionar figuran enfermedad propia, cuidado de familiar, tareas electorales, motivos laborales, actividad partidaria, entre otros.

Compensación económica por ser autoridad de mesa

Las autoridades de mesa recibirán $40.000 por desempeñar sus funciones el día de las elecciones. Este proceso es parte del sistema democrático, y las autoridades de mesa tienen un rol fundamental para asegurar que las elecciones se realicen de manera ordenada y transparente.