El Gobierno de Santa Fe confirmó que a partir del próximo martes 21 de diciembre será obligatorio contar con el pasaporte sanitario en la provincia. Las personas mayores de 13 años deberán acreditar el esquema de vacunación completo para poder participar de las actividades que se desarrollen en centros culturales, cines, teatros, gimnasios, salones de fiestas y eventos masivos que superen las 1000 personas. También será necesario para asistir a casinos, bingos y la realización de trámites presenciales en organismos públicos provinciales.
Lo dispuesto por Santa Fe se suma a la resolución que dictó el Gobierno Nacional de la obligatoriedad del pasaporte sanitario para viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados, jubiladas o similares, actividades en discotecas y bailables y eventos masivos de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
El ministro de Trabajo de Santa Fe, Juan Manuel Pusineri, explicó que el pase sanitario podrá acreditarse a través de las dos apps disponibles a nivel nacional: CuidAr y Mi Argentina. "Con esos elementos se puede acreditar el esquema completo, y en caso de no ser posible acceder a las apps se puede con el soporte en papel y el documento de identidad".
"La finalidad principal es que aquellas personas que no se hayan vacunado completen los esquemas de vacunación con esta exigencia", remarcó Pusineri, que informó que hay una franja de santafesinos entre 18 y 30 años que tienen solo la primera dosis de la vacuna contra el covid y nunca asistieron a inocularse por segunda vez".
Sobre las sanciones para los sectores que incumplan con la nueva medida sanitaria, Pusineri indicó que serán las mismas que se mencionan en el caso de las restricciones. "A diferencia de eso, en este paso el pase sanitario funciona más como una habilitación más que como una restricción", aseguró.
Las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos la necesidad de contar con el esquema de vacunación completo, para participar en otras actividades adicionales a las definidas en el presente Decreto.
Extensión de horarios
Por otro lado, a partir de la Resolución N.º 605 del Ministerio de Gestión Pública del gobierno provincial, se habilita la realización de las actividades que a continuación se indican, en los días y horarios que se precisan:
- Actividad de los locales gastronómicos: los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, hasta las 5 horas del día siguiente; el resto de los días de la semana, hasta las 4 horas del día siguiente.
- Actividad de los salones de eventos, fiestas y similares, para la realización de eventos sociales: los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, hasta las 5 horas del día siguiente; el resto de los días de la semana, hasta las 4 horas del día siguiente.
- Actividad de los casinos y bingos, cumplimentando las reglas generales de conducta y de prevención y los protocolos oportunamente aprobados para la actividad: todos los días de la semana, entre las 10 horas y las 5 horas del día siguiente.
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