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Coronavirus en Rosario: suspenden las actividades en un juzgado del fuero Laboral

Lo dispuso la Corte Suprema mediante resolución de su presidencia. La medida tiene efectos desde el día de la fecha y hasta su rehabilitación según dispongan las autoridades sanitarias. Se procede a su inmediata desinfección y licenciamiento del personal hasta el alta médica respectiva.

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, mediante resolución de su presidencia del día de la fecha, resolvió suspender las actividades del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 4ª Nominación con asiento en los Tribunales de Rosario, por sospechas de que uno o varios agentes podrían estar cursando un diagnóstico de coronavirus.

La medida rige desde hoy y se extenderá hasta que las autoridades sanitarias dispongan lo contrario. El personal queda licenciado debiendo aislarse en su domicilio y comunicar las novedades en torno a su estado de salud al 0800-555-6549 y a los profesionales médicos referentes del Poder Judicial designados por la Corte. El reintegro a las funciones de los trabajadores incluidos en el presente caso se efectuará una vez que se cuenten con el alta médica respectiva.

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Suspensión de plazos y audiencias

Asimismo, se dispuso la suspensión de plazos procesales y la celebración de audiencias fijadas por la dependencia judicial desde el día de la fecha y hasta que su personal pueda retomar tareas de manera habitual.

Para el supuesto de casos excepcionales y urgentes, o audiencias cuya dilación implicarían la pérdida irreparable de un derecho o acción, se habilita la materialización del acto por el subrogante legal respectivo una vez que se cuente con la autorización del Ministerio de Salud para ingresar a las instalaciones del órgano jurisdiccional en cuestión.

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Finalidad y objetivos de la medida

Por último, la presidencia de la Corte Suprema pone de manifiesto que las decisiones adoptadas por el Poder Judicial de Santa Fe, se dan en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión conforme las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.

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