menu
search
Santa Fe motochorros | Motos |

Contra los motochorros: los tres puntos clave del decreto que permite a la Policía retener motos

A partir de ahora, los policías podrán detener motos sin patente y secuestrar los vehículos, incluso cuando no estén participando de operativos de control junto a los agentes municipales. Será necesario firmar convenios con los distintos municipios para implementar estas medidas.

Días atrás, en el marco de la Junta Municipal de Seguridad Vial, el ministro Lagna reveló que el 70% de los delitos denunciados en esta capital se relacionan de alguna manera con el uso de motos, y adelantó que se otorgaría mayores atribuciones de control a los efectivos policiales para que colaboren con el trabajo que se viene implementando desde los municipios en el seguimiento del tránsito.

Según se detalla en el decreto, el Gobierno considera que es "imperiosa la necesidad del control policial sobre este tipo de vehículos, que han sido utilizados como medio de transporte por criminales durante la comisión de hechos delictivos y, puntualmente, de intimidación pública y abuso de armas de fuego contra edificios públicos, entidades y domicilios particulares en la ciudad de Rosario".

Embed

Los tres puntos clave del decreto que permite a la Policía retener motos

1- El decreto 460 establece que desde ahora los policías "podrán en la vía pública y al momento de realizar las tareas de identificación de personas que circulen en motovehículos, disponer la retención de los mismos cuando quien lo conduce no pueda acreditar la titularidad del dominio o de su legítima posesión o autorización de uso".

2-Al momento de efectuar las tareas de identificación de las personas que circulen en motos, no será necesario que esté acompañado por agentes municipales en el marco de un operativo de control.

3-La coordinación con los gobiernos locales estará en manos de la Agencia Provincial de Seguridad Vial. A partir de ahora, la Provincia deberá firmar convenios con los respectivos municipios para implementar las nuevas disposiciones. En estas situaciones, se deberá informar "de manera inmediata a las autoridades locales para que tomen la intervención que les compete a los fines de la identificación de los motovehículos y su remisión, en su caso y si correspondiere, al depósito local".

Entre los argumentos del decreto, el Gobierno considera que es "imperiosa la necesidad del control policial sobre este tipo de vehículos, que han sido utilizados como medio de transporte por criminales durante la comisión de hechos delictivos y, puntualmente, de intimidación pública y abuso de armas de fuego contra edificios públicos, entidades y domicilios particulares en la ciudad de Rosario".

"Que se advierte en el informe de la Policía de Santa Fe "Análisis de Delitos Predatorios" la preeminencia de tal modalidad en hechos delictivos en la vía pública registrados en las ciudades de Rosario y Santa Fe" y que esta circunstancia es posible "porque este tipo de vehículos posee alta capacidad para la huida a diferencia de otros, permite la circulación en cualquier tipo de terreno independientemente del material de los caminos o de sus dimensiones, lo que fomenta su elección como medio de transporte para la comisión de distintos tipos de delitos que atentan contra la vida, la propiedad y la paz social".

Si bien el artículo 72 de la Ley Nacional de Tránsito, a la que adhiere la Provincia, establece que la retención preventiva de un motovehículo es potestad exclusiva de los municipios en los ejidos urbanos, esto "no debe entenderse como una limitación al accionar de la policía en materia de prevención de delitos".

El decreto aclara que estas medidas "no invaden ni se contraponen con el poder de policía municipal de índole netamente contravencional; por lo que tampoco exige ni toma obligatoria la actuación conjunta de la Policía de la Provincia con los inspectores municipales".

Dejá tu comentario