La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido por ser considerado partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en el marco de la Tragedia de Once ocurruda en la estación ferroviaria el 22 de febrero de 2012, que provocó la muerte de 51 personas.
Tras confirmarse la condena por parte de la Corte Suprema, el Tribunal Oral Federal Nº 4 solicitó que el ex ministro Julio De Vido se presente el jueves 13, a las 10, para que se haga efectiva su detención.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por “inadmisibles”, por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la defensa de De Vido contra la sentencia que, por mayoría, le impuso la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.
En diciembre de 2015, el Tribunal Oral Federal 2 condenó al maquinista Marcos Córdoba, los propietarios y exdirectivos de TBA -concesionaria del servicio ferroviario-, así como de los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi.
rosatti rosenkrantz y lorenzetti.jpg
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por “inadmisibles” los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la defensa de Julio De Vido contra la sentencia de la causa por la Tragedia de Once.
Según se determinó allí, el choque ocurrió por el mal estado de funcionamiento del tren ya que no tenía el mantenimiento que requería a pesar de los fondos que el estado le daba y por una actitud negligente del conductor. En sus fundamentos, se ordenó avanzar en investigar la responsabilidad del jefe de Planificación.
En 2018, el Tribunal Oral Federal Nº 4 condenó a De Vido a la pena de cinco años y ocho meses de prisión por administración fraudulenta, al considerar que no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos asignados a Trenes de Buenos Aires (TBA). Sin embargo, en contra de lo que plantaba la fiscalía y a la querella, fue absuelto del delito de estrago culposo, vinculado a las muertes y lesiones provocadas por el accidente.
“Entre De Vido y el maquinista del tren chapa 16 se determinó una cadena de responsables, todos ellos más cercanos, que el ex ministro –en mayor o menor medida- a los ámbitos de gestión operacional del servicio ferroviario de la línea Sarmiento”, dijo el tribunal que integraron los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, del TOF 4. En esa sentencia se subrayó, no obstante, que el Ministerio de Planificación no controló el destino del dinero a pesar que informes públicos alertaron sobre el mal funcionamiento de los trenes.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena y la defensa apeló ante la Corte Suprema.
En un primer fallo, el máximo tribunal dejó firme la absolución por estrago. Luego, el 1 de agosto de 2024, la Corte confirmó la responsabilidad penal del ex Ministro de Planificación por defraudación, pero ordenó dictar un nuevo fallo sobre el monto de la pena aplicada. Fue una decisión dividida tomada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Mariano Borinsky (como conjuez), en disidencia con lo planteado por el juez Rosatti y Marina Cossio (conjueza).
Según el voto mayoritario, la Corte admitió el planteo de la defensa sobre la arbitrariedad de la sentencia de Casación y razonó que no se encontraba justificado por qué -si había sido absuelto por estrago- al ex ministro le cabía una sanción más gravosa que la impuesta a los restantes imputados que fueron condenados tanto por la defraudación como por las 51 muertes.
El caso entonces volvió a otra sala de Casación donde tras una audiencia ese tribunal fijó el monto de cuatro años de cárcel, según la resolución tomada a fines de abril último. Tanto la fiscalía como las defensas apelaron: la defensa, al sostener que debía reducirse la pena, y el Ministerio Público bregando por la interpretación que se había hecho y reclamando que el monto de la pena, menor al de Jaime, era arbitrario.
Este martes, la Corte Suprema rechazó los planteos de ambas partes y dejó firme la pena de cuatro años de prisión. Con esa decisión, quedó en la nada un nuevo planteo de la defensa que buscaba que se dictara la prescripción de la causa para el ex funcionario.