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Embed - Sesión de la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe
El viernes, en tanto, se avanzó con modificaciones en artículos relacionados con las libertades individuales y personales, y con la garantía y ampliación de garantías para los ciudadanos santafesinos.
Se trata de cuestiones discutidas en el marco de la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías. En la sesión de este viernes —que tiene su continuidad este sábado por la mañana— se trataron, además del artículo 2 y 3, los artículos 9, 11, 13, 17.
Libertades Personales
- Todas las personas tienen derecho a la libertad personal, y solo puede restringirse por autoridad legal bajo condiciones específicas.
- Si una persona es detenida, un juez debe revisar el caso en un plazo máximo de 24 horas.
- No se puede mantener a una persona incomunicada por más de 48 horas sin autorización judicial.
- Siempre se debe respetar el derecho de la persona detenida a comunicarse con su abogado.
- Se prohíbe la tortura, tratos inhumanos o cualquier forma de violencia contra los detenidos.
- Nadie puede ser penalizado sin un juicio justo, y no se pueden reabrir juicios tras una sentencia, salvo en casos permitidos por la ley.
Derechos de los Detenidos
- Los establecimientos de detención deben ser limpios y seguros, con medidas adecuadas según el género y la edad de los detenidos.
- Los menores de edad deben ser separados de los adultos.
- Los juicios penales seguirán un proceso público, oral y adversarial, y algunos casos serán juzgados por jurados.
Derechos de las Víctimas
- Las víctimas de delitos y sus familias tienen derecho a ser tratadas con dignidad y respeto.
- Deben ser informadas de sus derechos y del proceso judicial, y pueden participar activamente en el juicio penal.
- El Estado debe brindar asistencia a las víctimas y evitar que sean revictimizadas.
Libertad de Expresión
- Toda persona tiene derecho a expresar sus ideas sin censura previa.
- El gobierno debe promover la pluralidad de voces, y el ejercicio periodístico está protegido como parte fundamental del sistema democrático.
- Está prohibida la censura y la afectación del secreto de las fuentes periodísticas.
Acceso a la Información Pública
- Toda persona tiene derecho a acceder a la información pública.
- El Estado debe proporcionar la información de manera clara, completa y sin demoras, salvo restricciones por razones de seguridad pública o privacidad.
Derecho de Reunión
- Las personas tienen derecho a reunirse pacíficamente, asociarse libremente y presentar peticiones a las autoridades.
- Cualquier acción injusta por parte de las autoridades puede ser impugnada rápidamente a través de la vía legal.
Protección contra la Discriminación
- Las personas pueden recurrir legalmente contra cualquier forma de discriminación o violación de derechos relacionados con el medio ambiente, los consumidores o derechos colectivos.