Es oficial. Aldolfo Rubinstein presentó este viernes la renuncia al cargo de secretario de Salud de la Nación tras el escándalo que se generó por la actualización del protocolo sobre interrupción voluntaria del embarazo.
En una carta dirigida al presidente Mauricio Macri, el funcionario expresó este viernes que su decisión es "indeclinable" y señaló que se debe a la derogación del Protocolo sobre el aborto no punible dispuesta hoy en el Boletín Oficial. Desde temprano se supo que Rubinstein había desalojado su oficina de Salud durante la noche del jueves y que solo quedaban dos funcionarios de segundo y tercer nivel en la Secretaría.
"Durante toda mi gestión tuve como una de mis máximas prioridades tanto la protección como la ampliación de derechos de las mujeres, niñas, adolescentes, las personas con capacidad de gestar y la comunidad LGTTIQ ", señala el ahora ex secretario nacional en su carta de renuncia.
Sobre el derogado protocolo de aborto no punible derogado por el presidente, aclaró que buscaba "dar la entidad jurídica y normativa que varias provincias reclamaban para reforzar las acciones necesarias del equipo de salud para realizar la ILE (Interrupción Legal del Embarazo) en condiciones seguras y con estándares de calidad".
"Lamentablemente (las medidas) tuvieron una repercusión política indeseada que terminó mezclando las causales de interrupción legal con el debate sobre interrupción voluntaria de embarazo (IVE) que se dio en el Congreso de la Nación el año pasado. Este protocolo tiene que ver con la aplicación de garantías y derechos ya consagrados por leyes en nuestro país", sentenció.
"Una decisión inconsulta"
La ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, fue quien el jueves dio declaraciones acerca de la resolución publicada por Rubinstein el miércoles.
"El protocolo va a ser derogado porque fue una decisión inconsulta" y "debe tener trámite legislativo", dijo la ministra en esa oportunidad.
Leer más ► El Gobierno publicó el decreto que deroga la actualización del protocolo de aborto no punible
Las Interrupciones Legales del Embarazo (más comúnmente denominadas "abortos no punibles") son aquellas contempladas por el Artículo 86 del Código Penal de la Nación, vigente en Argentina desde 1921 y reafirmado por el fallo FAL de la Corte Suprema en 2012.
En dicha normativa, se establece que no son pasibles de pena las interrupciones de gestación que se hubieran practicado sobre embarazos producto de violación y aquellas que se realicen para evitar la muerte de la persona gestante en cuadros de salud que lo ameriten.
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