Riesgo crítico de violencia en escuelas: por qué el Gobierno de Santa Fe busca facultades extraordinarias
El Gobierno de Santa Fe pedirá que la Legislatura trate un proyecto que autoriza tareas de inteligencia e infiltrados digitales entre menores de edad.
El 30 de marzo, un adolescente disparó a matar en una escuela de San Cristóbal. Luego se supo que integraba una red digital que promueve estos actos de violencia extrema.
La muerte de Ian Cabrera, un chico de apenas 13 años que asistía a la Escuela N° 40 "Mariano Moreno" de la ciudad de San Cristóbal y fue asesinado por otro alumno del mismo establecimiento, encendió las alarmas y demostró que el Estado llegó demasiado tarde para prevenir la tragedia.
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En este contexto, el Gobierno de Santa Fe considera imprescindible contar con una serie de herramientas legales que brinden atribuciones extraordinarias en materia de investigación y prevención. Y en los próximos días, se apresta a enviar de manera formal a la Legislatura provincial un proyecto de ley para su tratamiento.
"Necesitamos anticiparnos, y para eso necesitamos atribuciones que hoy no existen. Ninguna de las herramientas con las que hoy contamos nos permite evitar estas situaciones que se generan de manera silenciosa, dinámica, fluida, a través de grupos digitales y captadores que actúan desde cualquier rincón del mundo", advirtió una fuente oficial ante la consulta de AIRE.
El objetivo es contar con atribuciones que directamente apunten al uso de los sistemas de inteligencia del Estado. Incluso, con facultades que van más allá de las que actualmente cuentan, por ejemplo, los fiscales del Ministerio Público de la Acusación.
"Hoy no tenemos manera de prevenir... Sabemos que estamos pidiendo herramientas que son extremas, porque significan autorizar al Estado a hacer inteligencia sobre la población civil para prevenir riesgos de violencia extrema. Sabemos que para eso necesitamos avanzar sobre la intimidad de las personas, y por eso buscamos el marco legal adecuado", insistió la misma fuente.
Básicamente, ante determinadas alertas que hagan presumir la posibilidad de hechos de violencia extrema en escuelas o instituciones a las que asisten menores de edad, en caso de aprobarse la ley, el gobernador de la provincia estará en condiciones de decretar un estado de emergencia que permita el uso de estas herramientas.
La emergencia podrá ser activada con límites temporales, geográficos y en instituciones específicas. A partir del decreto del gobernador, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia tendrá la potestad de administrar los recursos y tomar decisiones tendientes a generar escenarios que, al menos, contribuyan a prevenir estos hechos de violencia extrema.
El estado de mergencia podría declararse cuando existan situaciones de riesgo emergente y con potenciales niveles de "escalabilidad".
Este uso de los sistemas de inteligencia, en caso de aprobarse, permitirá establecer modelos de ciberpatrullajes e infiltración digital en estos grupos. Y en cuanto a la labor de la Policía, estaría habilitada a actuar frente a una situación sospechosa, incluso sin necesidad de contar con la orden de algún fiscal.
"Ante el riesgo inminente, por ejemplo, la policía podría acceder en el momento al contenido del celular del sospechoso. Sabemos que se trata de facultades extraordinarias, pero ante estas situaciones no podemos perder ni siquiera media hora. Cuando el riesgo es tan grande, se requieren de herramientas urgentes", remarcó la fuente consultada por AIRE.
Para estos casos, desde el Gobierno de Santa Fe consideran que las sanciones penales resultan insuficientes, ya que se trata de situaciones en las que, incluso, quienes están dispuestos a matar, también están dispuestos a morir.
"Sabemos que no es normal pedir estas atribuciones, que el Estado ingrese al celular de un chico o que un agente digital encubierto pueda infiltrarse en estos grupos. Por eso el proyecto establece que el gobernador debe habilitarlo mediante un decreto. Consideramos necesario que sea la máxima autoridad del Ejecutivo la que apriete el botón rojo y active los mecanismos de respuestas frente a estas amenazas inminentes y extremas", señaló.
El proyecto del Gobierno, que ya fue compartido con legisladores de Unidos durante la semana pasada, lleva el nombre de "Alerta de Riesgo Crítico Emergente”.
Qué significa "Alerta de Riesgo Emergente"
En caso de que se aprobara este proyecto de ley, el Poder Ejecutivo estará en condiciones de declarar el "Alerta de Riesgo Emergente" cuando se verifique, de manera concurrente o alternativa, al menos una de las siguientes circunstancias:
- a) Fenómenos de propagación o contagio social, consistentes en conductas, prácticas o consignas que, por su modalidad de difusión, reiteración o replicabilidad, evidencien capacidad de expansión rápida entre personas o grupos, con aptitud para generar daños relevantes.
- b) Dinámicas de captación, inducción o influencia en entornos digitales o híbridos, que presenten patrones de validación, refuerzo o promoción de conductas riesgosas, especialmente cuando involucren a niñas, niños o adolescentes.
- c) Amenazas, manifestaciones o comunicaciones con potencial de escalamiento que, aun sin configurar delito consumado, resulten objetivamente idóneas para generar temor fundado o anticipar la posible concreción de hechos de violencia.
- d) Indicios objetivos de organización, planificación o coordinación de conductas, que permitan inferir la posible producción de situaciones de riesgo o daño, aun cuando no se hubiere iniciado su ejecución.
- e) Circulación, difusión o amplificación de contenidos digitales riesgosos, que por su naturaleza, contexto o modalidad resulten aptos para promover, facilitar, legitimar o replicar conductas lesivas.
- f) Cualquier otra situación análoga de riesgo emergente, que por su novedad, dinámica o capacidad de impacto no encuadre en los supuestos tradicionales de intervención, pero presente aptitud suficiente para comprometer la seguridad de la comunidad educativa.
Ciberpatrullaje y agentes encubiertos
Cuando esto suceda, en ámbito territorial, institucional y por un tiempo determinado, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia accederá a distintas facultades investigativas, como por ejemplo:
- Instruir a los organismos policiales y de inteligencia para elaborar perfiles y patrones de riesgo, llevar registros de actividades sospechosas y personas de interés, monitorear redes y entornos digitales, e implementar acciones de ciberpatrullaje e infiltración de agentes digitales encubiertos.
La Policía de la Provincia tendrá distintas facultades, con fuerza de ley:
- a) Ingresar, recorrer e inspeccionar los establecimientos o ámbitos abarcados por la declaración de Alerta de Riesgo Emergente, lo que incluye la posibilidad de asegurar los accesos, establecer perímetros o limitar la circulación de personas en horarios o lugares críticos.
- b) Disponer evacuaciones o confinamientos preventivos ante situaciones de emergencia.
- c) Practicar requisas de personas y de pertenencias, pudiendo proceder al registro integral de los lugares afectados.
- d) Proceder a la identificación y resguardo de personas hasta por doce horas, dándose intervención en su caso a los organismos competentes en materia de Niñez.
- e) Secuestrar dispositivos electrónicos y acceder a su contenido en forma inmediata, pudiendo procederse al desbloqueo biométrico aplicando la fuerza mínima e indispensable, con noticia y remisión posterior a la Fiscalía a sus efectos.
La Fiscalía que interventa en estos casos podrá, de oficio o a pedido del Ministerio de Justicia y Seguridad, ordenar preventivamente el bloqueo o la limitación de contenidos digitales riesgosos.
En caso de que una plataforma se niegue a cumplir esta orden, la Fiscalía tendrá la facultad de impulsar sanciones económicas que se irán acumulando mientras no se cumpla la orden judicial, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas correspondientes.
El proyecto establece que "todas las medidas adoptadas en el marco de la Alerta de Riesgo Crítico Emergente gozarán de presunción de legitimidad" y, quien afirme lo contrario, deberá demostrar por qué motivo "una medida determinada fue ejecutada con malicia o exceso evidente, o desnaturalizando los fines para los cuales fue habilitada".







