Riesgo crítico de violencia en escuelas: proponen que intervengan áreas de inteligencia y agentes digitales encubiertos
Luego de la tragedia en una escuela de San Cristóbal, el Gobierno de Santa Fe impulsa una ley que dé más potestades a la Policía y herramientas de prevención.
El 30 de marzo pasado, un adolescente de 15 años asesinó a otro de 13 años, en la Escuela Mariano Moreno, de San Cristóbal.
Cuando en la mañana del 30 de marzo pasado Ian Cabrera, de apenas 13 años, dejó su casa para dirigirse hacia la Escuela N° 40 "Mariano Moreno" de la ciudad de San Cristóbal -provincia de Santa Fe-, no imaginó que transitaba los últimos instantes de su vida.
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En realidad, nadie sospechaba aquel día que esa escuela se convertiría en escenario de una tragedia, cuando un alumno de 15 años ingresó con una escopeta con el firme propósito de matar. El destino quiso que fuera Ian, pero el tirador estaba dispuesto a disparar contra cualquiera que se interpusiera en su camino.
Ocho días después, se supo que el asesino integraba comunidades digitales violentas de alcance internacional, que promueven los asesinatos y tiroteos masivos. En este caso, se trató de una comunidad conocida como True Crime Community (TCC), caracterizada por la fascinación por los delitos violentos y la promoción de conductas imitativas en cualquier rincón del planeta.
A partir de lo sucedido, el Gobierno de Santa Fe comenzó a elaborar un anteproyecto de ley que brinde mayores potestades a las fuerzas policiales y áreas de inteligencia provnicial ante situaciones de "Alerta de Riesgo Crítico Emergente”, en "ámbitos escolares y entornos de socialización juvenil, particularmente aquellos que se desarrollan o amplifican en entornos digitales".
Los ministros de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni; y de Gobierno, Fabián Bastia, se reunieron con legisladores que responden al oficialismo para presentarles lo que, al menos por ahora, es un anteproyecto de ley que deberá ser analizado en profundidad.
El texto plantea que este tipo de fenómenos, como el ocurrido en una escuela de San Cristóbal, "introduce una nueva categoría de riesgo: el riesgo emergente, caracterizado por su dinámica expansiva, su potencial de escalamiento y su capacidad de generar daño significativo en plazos extremadamente breves".
Qué significa "Alerta de Riesgo Emergente"
En caso de que se aprobara este proyecto de ley, el Poder Ejecutivo estará en condiciones de declarar el "Alerta de Riesgo Emergente" cuando se verifique, de manera concurrente o alternativa, al menos una de las siguientes circunstancias:
- a) Fenómenos de propagación o contagio social, consistentes en conductas, prácticas o consignas que, por su modalidad de difusión, reiteración o replicabilidad, evidencien capacidad de expansión rápida entre personas o grupos, con aptitud para generar daños relevantes.
- b) Dinámicas de captación, inducción o influencia en entornos digitales o híbridos, que presenten patrones de validación, refuerzo o promoción de conductas riesgosas, especialmente cuando involucren a niñas, niños o adolescentes.
- c) Amenazas, manifestaciones o comunicaciones con potencial de escalamiento que, aun sin configurar delito consumado, resulten objetivamente idóneas para generar temor fundado o anticipar la posible concreción de hechos de violencia.
- d) Indicios objetivos de organización, planificación o coordinación de conductas, que permitan inferir la posible producción de situaciones de riesgo o daño, aun cuando no se hubiere iniciado su ejecución.
- e) Circulación, difusión o amplificación de contenidos digitales riesgosos, que por su naturaleza, contexto o modalidad resulten aptos para promover, facilitar, legitimar o replicar conductas lesivas.
- f) Cualquier otra situación análoga de riesgo emergente, que por su novedad, dinámica o capacidad de impacto no encuadre en los supuestos tradicionales de intervención, pero presente aptitud suficiente para comprometer la seguridad de la comunidad educativa.
Luego de la tragedia de San Cristóbal: acciones de ciberpatrullaje y agentes encubiertos
Cuando esto suceda, en ámbito territorial, institucional y por un tiempo determinado, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia accederá a distintas facultades investigativas, como por ejemplo:
- Instruir a los organismos policiales y de inteligencia para elaborar perfiles y patrones de riesgo, llevar registros de actividades sospechosas y personas de interés, monitorear redes y entornos digitales, e implementar acciones de ciberpatrullaje e infiltración de agentes digitales encubiertos.
La Policía de la Provincia tendrá distintas facultades, con fuerza de ley:
- a) Ingresar, recorrer e inspeccionar los establecimientos o ámbitos abarcados por la declaración de Alerta de Riesgo Emergente, lo que incluye la posibilidad de asegurar los accesos, establecer perímetros o limitar la circulación de personas en horarios o lugares críticos.
- b) Disponer evacuaciones o confinamientos preventivos ante situaciones de emergencia.
- c) Practicar requisas de personas y de pertenencias, pudiendo proceder al registro integral de los lugares afectados.
- d) Proceder a la identificación y resguardo de personas hasta por doce horas, dándose intervención en su caso a los organismos competentes en materia de Niñez.
- e) Secuestrar dispositivos electrónicos y acceder a su contenido en forma inmediata, pudiendo procederse al desbloqueo biométrico aplicando la fuerza mínima e indispensable, con noticia y remisión posterior a la Fiscalía a sus efectos.
La Fiscalía que interventa en estos casos podrá, de oficio o a pedido del Ministerio de Justicia y Seguridad, ordenar preventivamente el bloqueo o la limitación de contenidos digitales riesgosos.
En caso de que una plataforma se niegue a cumplir esta orden, la Fiscalía tendrá la facultad de impulsar sanciones económicas que se irán acumulando mientras no se cumpla la orden judicial, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas correspondientes.
Obligaciones para padres y responsables de escuelas
Si este proyecto se transformara en ley, el personal de los establecimientos educativos y de otros ámbitos de socialización juvenil, públicos o privados, estará obligado a reportar a la autoridad policial o a los sistemas de emergencia, cualquier situación que pudiera resultar sospechosa, tales como amenazas, presencia de armas, desafíos virales u otros contenidos peligrosos que llegaran a su conocimiento. Incluso, cuando estas situaciones no constituyan delito.
La norma que impulsa el Poder Ejecutivo de Santa Fe también hace hincapié en la responsabilidad de los padres de los niños o adolescentes involucrados. En casos de Alerta de Riesgo Crítico, el Estado podrá demandar a los responsables legales el resarcimiento de los costos operativos ocasionados.
Cuando se verifiquen incumplimientos graves o reintados a los deberes de cuidado de los menores, los padres podrán ser sancionados de las siguientes maneras:
- a) Apercibimientos formales, citaciones y multas.
- b) Presentación periódica ante la autoridad competente.
- c) Obligación de participar en programas de orientación, acompañamiento o fortalecimiento familiar.
- d) Prohibición de acceso a espectáculos deportivos y otros eventos masivos.
- e) Restricción temporal de acceso a trámites administrativos en la provincia.
Finalmente, el anteproyecto establece que "todas las medidas adoptadas en el marco de la Alerta de Riesgo Crítico Emergente gozarán de presunción de legitimidad" y, quien afirme lo contrario, deberá demostrar por qué motivo "una medida determinada fue ejecutada con malicia o exceso evidente, o desnaturalizando los fines para los cuales fue habilitada".








