Reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad: exigen la publicación del nomenclador de aranceles
Un abogado especialista en discapacidad aseguró que la reglamentación publicada este miércoles en el Boletín Oficial no cumple con los requisitos de la ley. Entre otras cosas, afirmó que no difundieron el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y que la situación "está peor que antes".
Un abogado especialista en discapacidad aseguró que la reglamentación publicada este miércoles en el Boletín Oficial no cumple con los requisitos de la ley.
La reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, generó fuertes cuestionamientos desde distintos sectores. Si bien se formalizó la norma, especialistas advierten que el contenido no cumple con los alcances previstos en la ley y que, lejos de mejorar la situación, profundiza un escenario crítico para prestadores y personas con discapacidad.
Así lo sostuvo Juan Cruz San Martín, abogado especializado en discapacidad, en diálogo con el programa Una Tarde a la Vez, donde cuestionó: “Lo único que hizo el Poder Ejecutivo fue cumplir con la formalidad y con una obligación. Cuando uno toma los anexos, el 70% figura como ‘sin reglamentar’. No cambió nada: la ley tenía que estar en plena vigencia ayer y no lo está”, afirmó.
“No cambió nada”: las críticas a la publicación en el Boletín Oficial
San Martín remarcó que uno de los puntos centrales de la ley —la actualización del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad— directamente no fue publicado.
En ese sentido, sentenció: “La ley es clarísima: el nomenclador tendría que haber salido con aumentos de al menos un 50%. Eso no ocurrió. En lugar de fijar los nuevos valores, la reglamentación apenas convoca a una futura reunión del directorio”, sostuvo.
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Además, describió el impacto concreto de la falta de actualización en la vida cotidiana del sector. “Todo sube: el boleto, la comida y los insumos, pero los aranceles siguen congelados”, advirtió.
El abogado también repasó los cuatro ejes que establece la Ley de Emergencia en Discapacidad, cuyo veto presidencial fue rechazado por el Congreso en diciembre. Uno de ellos es la compensación económica para prestadores, ante la falta de actualización del nomenclador desde 2023, que permite facturar de manera retroactiva, pero ante aumentos definidos tras auditorías de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).
Otro eje contempla la transformación de las pensiones no contributivas, un punto que —según reconoció San Martín— fue reglamentado de manera correcta, aunque advirtió que las auditorías previstas “son ambiciosas y suelen perseguir el ajuste”.
Discapacidad (4)
Durante el debate por la Ley de Emergencia en Discapacidad, las manifestaciones se replicaron en todo el país.
San Martín cuestionó además el clima de celebración que algunos sectores expresaron tras la publicación de la reglamentación. “Salir a festejar diluye la lucha. Al 4 de febrero tenía que estar la aplicación efectiva de la ley al 100%, no una reglamentación incompleta”, subrayó, y recordó que la norma tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. “Cuando se estira la reglamentación, se corre el riesgo de que el tiempo pase y nada cambie”, alertó.
Finalmente, denunció que la discusión pública se desvía deliberadamente del incumplimiento de la ley. “Se instalan polémicas para desenfocar el problema de fondo: la ley no se ejecutó. Lo que estamos transitando es obsceno”, afirmó.
En ese sentido, remarcó que tanto los prestadores como las personas con discapacidad cuentan con herramientas legales para exigir su aplicación. “Tienen la potestad de ir a la Justicia y pedir que se cumpla la ley. No es una opción: es un derecho”, concluyó.