La resolución lleva las firmas de los jueces Eduardo Sodero, Carlos Depetris y Sergio Barberio, integrantes de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial.
A través de un escrito de 27 páginas, los magistrados rechazan el pedido de medida cautelar presentado por los diputados de Somos Vida y dejan en claro que no hay motivos suficientes para suspender la aplicación de la ley de reforma jubilatoria, sancionada el pasado 12 de septiembre por la Legislatura provincial en medio de graves incidentes entre militantes sindicales y la Policía.
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Las idas y vueltas de la reforma jubilatoria en Santa Fe
Una semana después de la sanción de la polémica ley, por la cual el gobierno les aplica descuentos a trabajadores activos y pasivos con el objetivo de paliar el déficit de la Caja de Jubilaciones, los diputados provinciales del bloque Somos Vida (Amalia Granata, Alicia Azanza, Emiliano Peralta, Beatriz Brouwer, Omar Paredes, Silvia Malfesi y Edgardo Porfiri) realizaron una presentación en la Justicia para pedir la inconstitucionalidad de la norma.
El 2 de octubre, la Justicia resolvió rechazar el planteo de inconstitucionalidad de la votación de la reforma jubilatoria presentado por diputados de Somos Vida. La resolución, que lleva la firma de la jueza María Romina Kilgelmann, concluyó que "la medida cautelar peticionada por la parte actora deberá ser desestimada" e impuso las costas a los denunciantes.
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Lo diputados de Somos Vida fueron a los Tribunales de Santa Fe para pedir la inconstitucionalidad de la votación de la reforma jubilatoria.
De inmediato, los diputados de Somos Vida apelaron esa decisión y volvieron a pedir la nulidad de la votación de la reforma jubilatoria por "graves violaciones al reglamento”.
La objeción principal estaba centrada que la propuesta que hizo el diputado socialista Pablo Farías de alterar el orden de la sesión y adelantar la votación necesitaba los dos tercios de los presentes, los cuales no se habrían conseguido. En este contexto, los legisladores entendieron que todo lo que le siguió en la sesión es nulo.
Quedó firme la reforma jubilatoria: la resolución judicial completa
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