Ley de Tierras: marcha atrás de la Corte y un alivio para el Gobierno
La Corte Suprema decidió reponer preventivamente la llamada ley que impone límites a la venta de territorio argentino a extranjeros.
La nueva decisión de la Corte significa una marcha atrás del máximo tribunal y un alivio para el Gobierno.
En un giro drástico respecto del fallo que tomó hace apenas una semana, la Corte Suprema decidió, en una reunión de urgencia celebrada el viernes pasado, reponer preventivamente la llamada ley de tierras, la cual impone límites a la venta de territorio argentino a extranjeros.
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Con voto dividido y la participación de dos conjueces, el máximo tribunal ordenó suspender interinamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que avalaba la venta sin límites tierras a extranjeros.
Esta nueva decisión de la Corte significa una marcha atrás del máximo tribunal y un alivio para el Gobierno. En efecto, tras la oleada de críticas que recibieron tras dictar el fallo por el cual dejaron sin efecto la norma con el argumento de que quienes habían presentado una cautelar en su defensa carecían de legitimación, los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti decidieron volver sobre sus pasos tras dimensionar el enorme dolor de cabeza que ese fallo le había provocado al Gobierno.
En efecto, el fallo de la Corte fue el pretexto perfecto que encontró la oposición más crítica para intentar voltear el DNU 70; de hecho, convocó a una sesión especial para la semana próxima en la Cámara de Diputados.
El oficialismo, si bien en su momento había intentado derogar la ley de tierras por medio del artículo 154 de aquel decreto, entiende que es preferible mantener en pie la norma ante el apoyo popular que despierta antes que se derogue el DNU 70, una de las piedras basales de su mandato.
Este nuevo fallo del máximo tribunal fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Fue en respuesta a un planteo de una asociación ambientalista, dos grupos indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, que pidieron que la Corte aclarara si el fallo de la semana pasada implicaba también un rechazo a un amparo que tenían presentado ellos contra la ley de tierras.
La Corte no resolvió sobre esa legitimación y, mucho menos, dijo si es constitucional o no el decreto de Milei de hace casi tres años. Lo que hizo hoy fue devolver la causa al juzgado federal de Bariloche, donde se inició este caso, para que todo eso se discuta allá. Pero mientras tanto, dictó la medida cautelar “interina” que dispuso “suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente [en principio, el de Bariloche] se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud”.
El tercer juez de la Corte, Carlos Rosenkrantz, se mantuvo en sus trece. En su voto criticó duramente a sus colegas del máximo tribunal. “El descontento que en distintos sectores de la sociedad pudo haber causado la sentencia no justifica adoptar decisiones que la Constitución y las leyes no permiten”, aseveró el magistrado, quien afirmó: “Un proceder así solamente debilitará la confiabilidad del Poder Judicial de la Nación”.






