El Departamento de Justicia de EE.UU. argumentó que la orden judicial emitida en Nueva York viola el principio de inmunidad soberana de los Estados extranjeros, un pilar fundamental en las relaciones internacionales. Según el escrito de doce páginas presentado ante el tribunal, la medida es inconsistente con la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera (FSIA) de 1976 y con el derecho internacional consuetudinario.
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“La aplicación de un estatuto de ejecución estatal de Nueva York para ordenar el traslado de propiedad extranjera al país no puede anular los requisitos de la FSIA ni los principios de inmunidad soberana”, sostuvo el gobierno norteamericano.
El documento enfatiza que la FSIA solo permite excepciones limitadas a la inmunidad, aplicables exclusivamente a propiedades de Estados extranjeros ubicadas dentro de EE.UU. En cambio, las acciones de YPF en disputa están en territorio argentino, lo que impide su ejecución legal según esta normativa.
Loretta Preska, jueza de New York, bonos defaulteados en 2001.jpg
La jueza Loretta Preska rechazó el pedido de Argentina para suspender la sentencia. Sigue vigente la orden para que el país entregue el 51% de YPF.
Además, el texto advierte que si Argentina se ve obligada a cumplir la orden judicial y transfiere las acciones de YPF, podría perder la posibilidad de recuperarlas incluso si gana la apelación. También considera que exigir una fianza expondría activos argentinos en EE.UU. a embargos, lo que vulneraría aún más su soberanía.
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Por otro lado, señala que la suspensión no perjudicaría al demandante, ya que solo provocaría un retraso y no una pérdida concreta, dado que Argentina no puede vender las acciones de YPF sin autorización legislativa.