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La Justicia rechazó la denuncia colectiva por la suspensión de la fórmula de movilidad

La jueza federal de la Seguridad Social, Silvia Saino, rechazó el amparo colectivo presentado por cerca de 7.000 jubilados contra el ajuste en el cálculo previsional al entender que no hay unicidad en el reclamo y que esos recursos deben presentarse individualmente.

Este martes, la Justicia rechazó la demanda colectiva que se había presentado el pasado 21 de febrero para solicitar la inconstitucionalidad de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria.

El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 9, a cargo de la jueza Silvia Saino, señaló que la demanda, que fue auspiciada por el defensor de la Tercera Edad Eugenio Semino y firmada por unos 7.000 jubilados, carece de legitimación activa.

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Además, indicó que los afectados tendrán que hacer su juicio de manera individual. "Lo que está en juego, a mi entender, es un interés patrimonial individual, que no puede resolverse de una única manera para todo el conjunto de beneficiarios", expresó Saino, entre sus argumentos para justificar el rechazo.

La demanda presentada solicitaba una medida cautelar para que se restablezca momentáneamente la fórmula de movilidad anterior (correspondiente a la Ley N°24.426) para todos los jubilados y pensionados que no cobran el haber mínimo.

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Con la sanción de Ley de Solidaridad y Reactivación en el marco de la emergencia pública (Ley N° 27.541) en diciembre del año pasado se suspendió por seis meses la aplicación de la fórmula de movilidad para la actualización trimestral de las jubilaciones y pensiones, por la que correspondía una suba de 11,56% en marzo y una de 10,9% en junio. Por eso, el principal argumento de la demanda fue que al suspender la fórmula de movilidad y aplicar un aumento por decreto hubo un recorte de derechos.

Con la sanción de Ley de Solidaridad y Reactivación en el marco de la emergencia pública (Ley N° 27.541) en diciembre del año pasado se suspendió por seis meses la aplicación de la fórmula de movilidad para la actualización trimestral de las jubilaciones y pensiones.

El 19 de febrero, a través del decreto 163/2020 publicado en el Boletín Oficial, el gobierno oficializó distintos aumentos a los jubilados. Se trató de una suba de 2,3% más una suma de fija de $1.500 para jubilados y pensionados a partir del 1 de marzo. La medida significó un incremento del 13% para quienes cobran el haber mínimo, que pasó de $14.068 a $15.892, e incluyó también a las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH). Para quienes no cobran la mínima, el aumento fue menor. Para un haber de $20.000 el aumento por el decreto fue de 9,8% y se perdieron $365 frente a la fórmula anterior. Para un ingreso de $40.000, el aumento fue de 6,1% y hubo una baja de $2.204 en comparación con la fórmula de movilidad anterior. Mientras que para una jubilación de $80.000, el aumento fue de 4,2% y la pérdida de $5.908.

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Juntos por el Cambio cuestionó el congelamiento de la ley de movilidad al considerar que se trata de "actualizaciones discrecionales" según "las necesidades políticas y fiscales" del Poder Ejecutivo, y afirmó que "más de la mitad de los jubilados cobra ahora menos de lo que le corresponde". Lo expresaron a través de un comunicado titulado "Jubilaciones: un aumento discrecional a medida del gobierno", con la firma de las autoridades: Alfredo Cornejo (UCR), Patricia Bullrich (PRO), Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) y el ex candidato a vicepresidente, Miguel Ángel Pichetto.

Patricia Bullrich on Twitter

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