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Política Justicia | Corte Suprema | Manuel García Mansilla

La Justicia declaró inconstitucional el nombramiento de Lijo y García Mansilla en la Corte Suprema

Un juez federal anuló el decreto presidencial que designaba a los jueces sin aval del Senado. Señaló que no hay antecedentes similares en un siglo.

El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró inconstitucional e inconvencional el decreto presidencial que había dispuesto el nombramiento “en comisión” de Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La resolución representa un fuerte revés judicial para el Gobierno nacional, que había impulsado las designaciones sin el aval del Senado.

La decisión se dio en el marco de una acción de amparo presentada por diversas organizaciones civiles, que cuestionaban la legalidad del Decreto N°137/2025. Según el fallo, Ramos Padilla consideró que las designaciones violaban principios constitucionales y no respetaban el procedimiento previsto para integrar el máximo tribunal del país.

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“El acto por el cual se pretendió designar a los magistrados no reúne las condiciones exigidas por la Constitución”, sostuvo el juez. En su resolución, remarcó que no existe una práctica constitucional sostenida que avale el uso de nombramientos en comisión para la Corte Suprema. “En los últimos 100 años, ningún presidente elegido por el voto popular realizó una designación en comisión de jueces supremos que haya llegado a concretarse”, indicó.

García-Mansilla había llegado a asumir el cargo y permaneció 40 días como integrante de la Corte, hasta que presentó su renuncia. En tanto, Ariel Lijo nunca juró, ya que pretendía conservar su puesto en Comodoro Py mediante una licencia.

Ramos Padilla recordó que la designación de jueces del máximo tribunal es un “acto complejo federal” que requiere la voluntad del Poder Ejecutivo y la aprobación del Senado, con el voto afirmativo de dos tercios de los legisladores presentes en una sesión pública.