El jefe de Gabinete de la Nación, Agustín Rossi, firmó el jueves 30 de marzo la decisión administrativa Nº 251/23 mediante la cual aprobó la licitación pública para la adquisición de 30.000 chalecos antibalas para las fuerzas de seguridad federales y desestimó una impugnación de FC Group, la misma firma que se negó a entregar los elementos protectores para la Policía de Santa Fe con el argumento del salto inflacionario.
Según se lee en el documento, que también lleva la firma del ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, la licitación se abrió el 6 de diciembre pasado y el 10 de enero se presentaron cinco ofertas: Tecnología Antibalas S.A., Sucesión de Cuppari Francisco (FC Group), Delta V S.A., Emprendimientos Grupo Patagónico S.R.L y Vemerkiper S.R.L.
Un mes después, el 9 de febrero, la Comisión Evaluadora de la cartera “en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones”, emitió el dictamen de evaluación de ofertas en el que recomendó adjudicar la compra a Tecnologías Antibalas S.A. de 30.000 chalecos antibala por un total de $5.172.000.000. A la vez, desestimó las propuestas de FC Group, Delta V y Emprendimientos Grupo Patagónico por no ajustarse técnicamente a lo requerido y a Vermerkiper por no haber puesto una garantía en tiempo y forma.
En este contexto, FC Group hizo una presentación “en la que denunció que la firma Tecnología Antibalas S.A. había infringido la Patente de Invención cuya titularidad ostentaba y que, en concordancia con la mentada patente (…) sólo la firma Sucesión de Cuppari Francisco podía resultar adjudicataria en el referido procedimiento de contratación”.
Ante esta situación, en la decisión administrativa se deja claro que “la pretensión articulada persiguió por lo tanto la impugnación del Dictamen de Evaluación, correspondiendo desestimar in límine dicha presentación por extemporánea y por no haberse integrado la correspondiente garantía de impugnación conforme lo exige la normativa vigente”.
“Sin perjuicio de ello –continúa el decisorio–, y en pos del principio de la verdad material que debe imperar en todo procedimiento administrativo, como medida de mejor proveer se solicitó a la Comisión Evaluadora que se expidiera en torno a las irregularidades esgrimidas por la firma Sucesión de Cuppari Francisco”.
En ese sentido, las áreas especializadas de las fuerzas de seguridad federales rechazaron el intento de FC Group con tres argumentos sintetizados de esta manera:
- Lo solicitado por la empresa en cuestión no es procedente, en razón de que las características técnicas solicitadas en el pliego describen materiales y procesos productivos ya conocidos por el “estado de la Técnica”, previos al otorgamiento de la patente a la que hace referencia la firma.
- Lo requerido en las especificaciones técnicas del chaleco no se condicen en nada respecto de la innovación patentada por Sucesión de Cuppari Francisco.
- La ley de patentes precisa que “habrá actividad inventiva cuando el proceso creativo o sus resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente”. Por tal motivo, la oferta presentada por la empresa Tecnologías Antibalas S.A. no estaría violando patente alguna, en razón de que las soluciones productivas que esa firma utiliza al momento de confeccionar el chaleco son producto de una deducción evidente por parte de personal técnico versado en el tema.
Al día siguiente de la firma de esta decisión administrativa, el gobernador Omar Perotti decretó la rescisión por incumplimiento del contrato por los chalecos para la Policía santafesina, la ejecución de la garantía por más de 18 millones de pesos y la eventual suspensión de la empresa del registro de proveedores. Mal fin de marzo para FC Group.
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