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El Senado insiste en establecer el marco para los debates electorales

Mediante un proyecto de ley presentado por el senador Hugo Rasetto, se busca establecer la obligatoriedad y las condiciones para realizar los debates entre candidatos previo a elecciones. También marca sanciones para quienes no cumplan con la participación.

El senador por el departamento Iriondo, Hugo Rasetto, volvió a presentar (por tercera vez) el proyecto para que a través de una modificatoria al artículo IV de la Ley 12.080 referente a las campañas electorales, se establezca la obligatoriedad para que todos los candidatos que participen en una elección sean parte de uno más debates previos. Quienes incumplan recibirán una sanción económica de hasta 1000 Jus y podrían ser pasibles de otras sanciones inhabilitantes.

En los fundamentos Rasetto narra que el objeto de la ley es revalorizar la comunicación de los actores políticos con la ciudadanía, a fin que los futuros representantes expongan en forma pública sus concepciones sobre temas fundamentales que le incumben a la sociedad. El senador explica que esta ley es un importante paso para recorrer el camino de la equidad electoral, ya que se observa una desigualdad entre los candidatos relacionada con la disponibilidad de recursos económicos, traduciéndose en mayor o menor posibilidad de hacer llegar a la ciudadanía sus ideas y propuestas.

Los lineamientos del proyecto establece:

- Obligatoriedad de los candidatos a participar en el debate.

- Los debates serán transmitidos por medios masivos de comunicación.

- La moderación de los debates deberá realizarse en forma conjunta entre la autoridad de aplicación de la presente ley y las Universidades Nacionales del Litoral y de Rosario.

- Los debates públicos deberán realizarse con una anticipación no mayor a cuarenta y cinco días y no menor a diez días del acto eleccionario.

- Todas los candidatos participantes deberán contar con igual rango de tiempo e iguales condiciones en el debate público. El orden en que participan los candidatos deberá establecerse mediante sorteo.

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También marca la nueva norma que tanto para la categoría de Gobernador y Vicegobernador, como para Senador, Diputado, Intendente, Presidente Comunal o Concejal, deberán participar en dos debates por elección, fijándose el distrito de competición como lugar del debate. En el caso de los senadores se elegirán dos localidades del departamento que aspiran a representar.

Para las categorías que tienen lista de candidatos (diputados, concejales), se deberá elegir una persona representante para el debate.

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El artículo 22 del proyecto es el que alguna disconformidad genera, ya que establece que los debates en el que participen los candidatos a Gobernador deberán realizarse en localidades con población no mayor a cien mil habitantes.

Este jueves se dará ingreso formal a la iniciativa del senador Rasetto, quien presenta por tercera vez este proyecto que tendrá que ser debidamente estudiado y aprobado por la Comisión de Asuntos Institucionales y Legislación General de la cámara alta de la legislatura santafesino, para luego someterse a votación en el recinto.