Diputados dio media sanción al proyecto que prohíbe a deudores alimentarios ir a la cancha, al casino y ser candidatos
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto que prohíbe a quienes adeuden la cuota alimentaria de sus hijos ingresar a canchas de fútbol y casinos, entre otras restricciones.
La iniciativa en Santa Fe crea el Registro Provincial de Personas Obligadas Alimentarias.
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto que prohíbe a quienes adeuden la cuota alimentaria de sus hijos ingresar a canchas de fútbol y casinos, entre otras restricciones. El texto, que ahora pasa al Senado, unificó varios proyectos de distintos bloques, entre ellos uno de la diputada justicialista Lucila De Ponti.
Te podría interesar
"El incumplimiento de la obligación alimentaria afecta directamente los derechos de los chicos y no puede ser gratuito", señaló la legisladora. "No pagar la cuota alimentaria es una forma de abandono", sostuvo, y agregó: "Si no se garantiza el alimento de los hijos no se puede gastar dinero en ir a la cancha, a un casino o jugar en una página de apuestas".
De Ponti se preguntó: "¿Cómo puede ser que alguien tenga plata para la apuesta o para la cancha y no para la cuota? Esto no es un castigo: es una herramienta para que los chicos cobren lo que les corresponde". Y consideró que "las prioridades deberían estar claras": "Si un adulto responsable no logra entenderlo, es deber del Estado proteger el bienestar de los chicos", apuntó.
LEER MÁS ► Lucila De Ponti: "El acceso al agua potable es una cuestión estratégica y de salud pública"
Deudores alimentarios en Santa Fe: un registro nuevo
La iniciativa crea el Registro Provincial de Personas Obligadas Alimentarias, una base de datos única, digital y actualizada con quienes tienen una obligación alimentaria fijada por la Justicia y su estado de cumplimiento.
Reemplaza al actual registro de deudores alimentarios morosos, que depende de la Corte Suprema, y pasa a la órbita del Poder Ejecutivo.
Cuando un juez fija una cuota, la persona obligada queda inscripta de inmediato, aunque esa sola inscripción no le impone ninguna restricción. Las consecuencias llegan con la mora: se considera "morosa" a quien debe dos cuotas dentro de un mismo período de doce meses, y "morosa agravada" a quien acumula seis. En ambos casos lo determina un juez.
Qué no podrán hacer
Mientras dure la mora, la persona no podrá ser designada funcionaria ni ser candidata a cargos electivos provinciales o municipales.
Tampoco podrá acceder a beneficios tributarios ni a planes de pago de la Provincia, ingresar a casinos, bingos o plataformas de apuestas, ni a estadios de primera división de la AFA, ni obtener licencia de conducir.
Para estos dos últimos supuestos, el texto condiciona la aplicación a que estén implementados los convenios y sistemas de control de acceso.
En el caso de la licencia, prevé una habilitación provisoria de 90 días para quien acredite que la necesita para trabajar. La morosidad agravada suma la prohibición de habilitaciones y licencias sin excepción alguna y la inhibición general de bienes.
Además, cualquier persona podrá consultar en forma pública y gratuita si alguien está en esa condición, y los empleadores privados, los organismos del Estado y los jueces deberán consultar el registro en distintas instancias. La ley, en caso de ser aprobada, entrará en vigencia a los seis meses de su promulgación.





