Este lunes, el frente Unidos para Cambiar Santa Fe efectivizó la presentación de seis iniciativas, elaboradas por los partidos políticos que integran la fuerza. Se trata del Partido Socialista, la Unión Cívica Radical, el PRO, el Partido Demócrata Progresista, UNO y Encuentro Republicano Federal. Se espera que otro de los espacios que conforman la coalición presente una séptima iniciativa: la UceDé. De todos modos, hasta el 27 de julio queda abierta la posibilidad de que cual sector político o ciudadano común pueda presentar su propuesta de reforma.
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL - UCR SANTA FE (1)
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Diferencias y coincidencias entre los proyectos de Unidos para Cambiar Santa Fe
Similitudes
Respecto al artículo 2 de la Constitución, sobre la jerarquía normativa, todos incluyen los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional como límite al ejercicio del poder estatal. En cuanto a la temática religión (artículo 3), todos afirman la laicidad del Estado y la libertad de culto, aunque algunos incluyen explícitamente la colaboración con cultos reconocidos (UCR, PRO, ERF).
Por otro lado, en materia de derechos humanos, todas las iniciativas de Unidos amplían o consolidan derechos fundamentales: amparo, hábeas data, hábeas corpus, protección de datos, salud, trabajo, libertad de expresión.
Proyecto de Reforma PS Santa Fe
Sobre responsabilidad fiscal (art. 5), todos incluyen principios como legalidad, equidad, progresividad, y responsabilidad fiscal en el sistema tributario.
En materia judicial, y concretamente sobre los juicios por jurados y proceso penal (art. 9), todas las corrientes del frente oficialista proponen el juicio por jurados y el fortalecimiento del juicio oral y público.
Sobre libertad de expresión (art. 11), se reconoce expresamente la libertad de prensa, el secreto de fuentes, y censura prohibida.
Proy RF Constitucional PRO
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Respecto a amparos y hábeas data (art. 17) hay una coincidencia generalizada en cuanto habilitar mecanismos judiciales rápidos para proteger derechos individuales y colectivos.
Diferencias
En el artículo 3, sobre religión, el Socialismo propone un Estado “laico” sin matices. El PRO agrega un reconocimiento a la Iglesia Católica. El ERF y UCR mencionan colaboración con cultos.
En cuanto al sistema tributario (art. 5), el Socialismo y PRO destacan que ningún tributo puede imponerse sin ley y prohíben tasas sin prestación efectiva del servicio. El PRO incluye explícitamente que el crédito no puede financiar gasto corriente salvo urgencia.
Sobre la privación de libertad (art. 9), el Socialismo amplía el enfoque de derechos con perspectiva de género, infancia y condiciones de detención. Otros proyectos siguen un enfoque más clásico.
46711 - CD - REAL (CADUCADO)
En lo que hace al derecho a la salud (art. 19), el PS introduce el medicamento como bien social y el reconocimiento a la producción pública. El PRO incorpora la objeción de conciencia institucional.
En materia de derecho al trabajo (art. 20), el Socialismo omite la mención a empleadores. El PRO destaca la importancia de quienes generan empleo privado.
Propuesta Definitiva ERF 1
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Respecto a la seguridad social (art. 21), el PRO introduce principios de portabilidad, equidad y transparencia del sistema. El PS enfatiza tareas de cuidado.
En cuanto al acceso a la información pública, solo el PS introduce de forma expresa el derecho al acceso libre y gratuito a la información pública y a la transparencia activa.
Sobre la reelección del gobernador de la provincia, sólo el proyecto del PDP propone la reelección inmediata por un solo período, lo que no aparece en los demás proyectos.
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL UNO final3
En cuanto a la paridad de género, la iniciativa del PDP propone explícitamente la paridad de género en listas. Otros proyectos no lo mencionan de forma expresa.
Sobre el sistema electoral y político, sólo el proyecto del PDP plantea reformas en el sistema electoral: tribunal electoral, voto de extranjeros, doble vuelta, etc.
Por último, en cuanto a acción de pronto despacho, sólo el PS introduce una acción judicial específica para el cumplimiento en tiempo de los trámites administrativos.