Celia Arena cuestionó el fallo de la Corte contra Cristina Fernández de Kirchner y advirtió por la fragilidad institucional y democrática
La diputada provincial del PJ, cuestionó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ratificó la condena a Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad.
En los últimos días, Cristina Fernández de Kirchner tuvo varias apariciones públicas, entre ellas, para anunciar su candidatura a diputada por Buenos Aires.
Celia Arena, diputada provincial del PJ, cuestionó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ratificó la condena a Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad. Además, la legisladora advirtió que esto "refleja la fragilidad institucional y democrática" en la Argentina.
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La diputada utilizó sus redes sociales para referirse al fallo firmado por los jueces Horacio Rosatti (presidente), Carlos Rosenkrantz (vicepresidente) y Ricardo Lorenzetti. "La confirmación de la condena a Cristina por parte de la CSJN refleja la fragilidad institucional y democrática que atravesamos".
"Priva a millones de argentinos de elegir a quien quieren que los represente y vuelve cuestionable a la Justicia de nuestro país que ha sido utilizado para resolver cuestiones políticas. Queda en nosotros dar el debate para consolidar la democracia que nos merecemos", agregó la legisladora del peronismo santafesino.
La condena a Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad
En la causa Vialidad se investigaron 51 licitaciones de obra vial en Santa Cruz adjudicadas al empresario Lázaro Báez. Este último también está condenado, al igual que José López y otras seis personas.
La resolución –suscripta por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti– invocó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, declarando “inadmisible” el recurso sin pronunciarse sobre el fondo. Con ello, quedó agotada la vía interna y se habilita únicamente la instancia internacional.
Dentro de los principales fundamentos de la decisión de la Corte, los supremos consideraron que la defensa no cumplió con los requisitos de fundamentación autónoma previstos por la ley 48.
Además, la Corte sostuvo que los planteos no acreditaron gravedad institucional ni afectación concreta a garantías constitucionales. También ratificó la validez del proceso avalando la actuación del Tribunal Oral Federal N.º 2 y de la Cámara de Casación al descartar supuestas violaciones al principio acusatorio o arbitrariedad en la valoración de la prueba.





