El Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Fe envió cinco mensajes al Concejo Municipal. Entre ellos, se encuentra un proyecto que propone cambios en el Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (SEOM).
Además de la solicitud de actualización del cuadro tarifario, se pide la modificación de algunas redacciones de la normativa.
La nueva redacción –si es que el concejo deliberante lo autoriza– rezará: “La tarifa del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal, deberá cobrarse a través de equipos instalados en la vía pública y/o aplicativos móviles u otros sistemas alternativos que permitan su fraccionamiento en proporción al tiempo de ocupación del espacio público”.
El artículo actual, y que se pide modificar, establece que en aquellas arterias donde funcione el SEOM deben encontrarse equipos de medición aptos para tarifar el estacionamiento.
Esta modificación, explicaron desde el Ejecutivo, amplía las posibilidades de cobro porque establece que la tarifa podrá ser cobrada a través de equipos instalados, aplicativos móviles u otros sistemas alternativos (no solo parquímetros).
Multas: aumentos y actualizaciones de la Unidad Fija bimestrales
Por otra parte, en el mensaje N° 6 que el Ejecutivo envió al Concejo, se solicita modificar el artículo 3º Bis de la Ordenanza N° 7.882 -Régimen de Infracciones y Penalidades-, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los montos mínimos y máximos previstos para cada una de las infracciones sancionadas con multa por el presente Régimen de Infracciones y Penalidades se determinan por medio de Unidades Fijas (U.F.), cuyo valor en pesos equivale a un (1) litro de nafta súper valor surtidor de la empresa YPF del Automóvil Club Argentino en la ciudad de Santa Fe".
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"El Departamento Ejecutivo Municipal debe publicar en su sitio web oficial, el valor de la U.F. y sus actualizaciones en forma bimestral, dentro de los primeros cinco días del mes correspondiente. En la sentencia, el monto de la multa se determina en cantidades U.F., debiendo abonarse su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago”.
Esto implica tres modificaciones fundamentales al régimen actual. Por un lado, en el modo en que se determina el valor de la Unidad Fija (UF), el cual será determinado en función del precio de 1 litro de nafta súper de la YPF del Automóvil Club Argentino. El artículo 3 bis anterior calculaba el valor de la UF en base a un promedio entre el precio del litro de la nafta súper, Premium y Diésel premium.
Además, prevé que la actualización del valor de la UF sea de forma bimestral y que el monto de las multas se actualice al momento del pago.
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