En el marco de la causa que investiga el presunto espionaje a los familiares de las víctimas del submarino ARA San Juan, la Justicia le prohibió la salida del país al expresidente Mauricio Macri y será indagado. Macri fue citado para el próximo 7 de octubre. Es la primera indagatoria a la que es llamado el exjefe de Estado.
La decisión la tomó el juez de Dolores Martín Bava, subrogante del juez Alejo Ramos Padilla, en el marco de la causa que se abrió en esa jurisdicción para investigar si desde el gobierno de Mauricio Macri se buscó controlar los movimientos de los familiares de las víctimas a través de maniobras desplegadas de las denominadas bases AMBA de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) entre fines del 2016 y diciembre del 2017.
El juez dictó además el procesamiento de los exdirectores de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, además de varios funcionarios y agentes que habían sido indagados.
El magistrado sostuvo que “el entonces presidente de la Nación, Ing. Mauricio Macri, se reunió por primera vez con las y los familiares de los tripulantes del ARA San Juan el 20 de noviembre del 2017; es decir, a solo cinco días de la desaparición del submarino 64. Y señaló que Majdalani “pretendió justificar adjudicando razones de seguridad presidencial, que los agentes de la AFI hayan realizado un informe colocando a dos mujeres -esposa y hermana de dos de los tripulantes desaparecidos-, que las hayan fotografiado e identificado y hasta hayan adjuntado sus perfiles de redes sociales en las que se indicaban cuáles eran sus opiniones sobre algunos funcionarios del entonces Gobierno Nacional y sobre el manejo que estos tenían respecto la desaparición del submarino”.
Investigan si desde el gobierno de Mauricio Macri se buscó controlar los movimientos de los familiares de las víctimas.
Para el juez, son “responsables del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de coautores, en virtud de haber obtenido información, producido inteligencia y almacenado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban, así como en virtud de haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos y en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo; en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad de funcionario público en carácter de coautores”.
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