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Policiales Alejandra Ironici | Transfemicidio |

Vergüenza y desprecio: por qué el transfemicidio de Alejandra Ironici fue un crimen de odio

El tribunal dio a conocer los fundamentos de la condena por el crimen de Alejandra Ironici y por qué el transfemicidio fue un crimen de odio.

Alejandra Ironici fue asesinada el 21 de agosto del 2022; primero Barrero la atacó con 46 puñaladas en distintas partes de su cuerpo, luego abusó sexualmente de ella, y finalmente prendió fuego el cadáver en la zona de sus glúteos, en un claro mensaje de odio al género trans.

T odo esto quedó demostrado en el juicio, y Barrero fue condenado a prisión perpetua como autor del transfemicidio, un crimen de odio.

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Los jueces Pablo Busaniche, Sebastián Szeifert y Susana Luna realizaron “una valoración judicial con especial respeto a los actuales paradigmas que conforman la llamada ‘perspectiva de género’", según precisa el escrito al que tuvo acceso AIRE.

Transfemicidio Alejandra Ironici Juicio
Sebastián Szeifert, Pablo Busaniche y Susana Luna, los jueces que condenaron por unanimidad al transfemicida de Alejandra Ironici

Sebastián Szeifert, Pablo Busaniche y Susana Luna, los jueces que condenaron por unanimidad al transfemicida de Alejandra Ironici

Ataque brutal y abuso sexual

El tribunal valoró la prueba producida en el juicio al amparo de varias fuentes convencionales-constitucionales que establecen criterios y normativas para casos de violencia de género: la “Convención Interamericana para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” -más conocida como la “Convención de Belen Do Para” y Io indicado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

En cuanto a la investigación de los crímenes contra las personas LGBT, la Comisión aludida ha llamado a los Estados a investigar la posibilidad de que los actos violentos fueron cometidos por orientación sexual, la identidad de género y/o la expresión de género de la víctima, sostiene el fallo de los jueces, y remarca que “Argentina ha incorporado la motivación basada en la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de la víctima como una circunstancia agravante del delito de homicidio”.

Para acreditar que Barrero mató a Alejandra por odio a su identidad sexual, el tribunal recordó el testimonio brindado en el juicio por el médico que realizó la autopsia: “no es frecuente la cantidad de tantas lesiones con arma blanca en relación a un solo cuerpo, manifiesta que entiende desde su experiencia que ello denota una intención de saña que supera la mera intención de matar”.

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Alejandra Ironici era referente en la comunidad LGBTQ+; las agrupaciones acompañaron el desarrollo del juicio desde la plaza frente a tribunales

Alejandra Ironici era referente en la comunidad LGBTQ+; las agrupaciones acompañaron el desarrollo del juicio desde la plaza frente a tribunales

En tanto, para comprobar que Barrero también abusó sexualmente de Alejandra, los jueces repasaron la declaración aportada por una vecina de la víctima, quien dio detalles de todo lo que pudo escuchar esa noche ya que la pared de su dormitorio lindaba con el dormitorio de Ironici: siempre que la pareja tenía relaciones, después escuchaba risas, que escuchaban música y que cantaban. En cambio, la noche del crimen escuchó que Alejandra gritaba “basta, basta” y que después pedía ayuda hasta que el grito se apagó. Al rato escuchó que tiraban la cadena del baño, el lavatorio y al rato que se abría el portón y salía el auto; pensó que estaba todo bien, que era Alejandra que salía a trabajar.

Los jueces valoraron también el testimonio de la pareja que había cenado esa noche con Alejandra y con Barrero: no los vieron como era habitual, y se fueron discutiendo porque Ironici no quería darle dinero a Barrero para comprar drogas.

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El juicio se realizó en la sala 6 de los tribunales santafesinos

El juicio se realizó en la sala 6 de los tribunales santafesinos

Para dar por acreditados los hechos, los jueces valoraron que “para cometer tan brutal y desproporcionada agresión de violencia sexual y física que termino con la vida de la víctima, puede explicarse (...) sólo a partir de la existencia de un evidente odio y desprecio contra la identidad de genero trans de la víctima”.

Sobre la relación que unió a Barrero con Alejandra durante cinco meses, aproximadamente, según sostuvieron los testigos en el juicio “se sustentaba en un evidente interés económico que el primero tenía para mantenerse y satisfacer su consumo de droga”, vínculo que Barrero logró “aprovechándose de la soledad y vulnerabilidad que se probó padecía Alejandra, tal vez fruto de su condición trans, por todas las carencias y discriminaciones que la búsqueda de la identidad de género le representó”, analizaron los jueces.

“Ocultarla a la familia, pedirle al primo que Io busque por la plaza, representó claramente que nunca aceptó mantener una relación con una mujer trans por prejuicios y/o estereotipos que detentaba, justificando según las estadísticas y Io que enseña el propio colectivo de género, a la violencia desplegada en el odio con que actuó al matarla con 46 cuchilladas, en su propia pieza, siendo su pareja”, remarcan los fundamentos.

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Alejandra Ironici fue asesinada en el dormitorio de su casa, en agosto de 2022.

Alejandra Ironici fue asesinada en el dormitorio de su casa, en agosto de 2022.

El transfemicidio, un crimen de odio

Al justificar la condena por el delito de transfemicidio agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, los jueces justificaron que Barrero “mató por odio al género trans, siendo un hombre y quitando la vida a una mujer trans", en el contexto de una violencia de género que representaba una relación asimétrica de poder, originada por una discriminación motivada en prejuicios, estereotipos y mitos conformados a partir de una cultura machista patriarcal y de imposición de normativa binaria cisgénero, que derive en el trágico suceso”, sostienen los jueces.

Para analizar el tipo penal el tribunal recurrió a la profusa jurisprudencia analizada y sintetizada en el informe de la Unidad Fiscal Especializada en violencia contra la mujer, según protocolo nacional del 2023. Respecto al transfemecidio, el informe nos da cuenta que “el travesticidio/transfemicidio es la expresión más visible y final de una cadena de violencias estructurales que responden a un sistema cultural, social, político y económico vertebrado por la división binaria excluyente entre los géneros. (...) El correlato del privilegio Cis es la precariedad estructural de las vidas trans, sometidas a una dinámica expulsiva que, en el caso de travestis y mujeres, las mantiene cuidadosamente separadas de la sociedad y las ubica en un lugar material y simbólico mucho más expuesto a la muerte prematura y violenta”.

El informe citado por los jueces repasa fundamentos brindados en las sentencias respecto al odio a la identidad de género: en una de ellas se identifica el dolo del agresor en que la motivación que encuentra para matar es el contexto del prejuicio estructural contra la identidad de género: “Barrero no podía sostener la elección que había efectuado respecto de su pareja Alejandra por su condición de trans, pareja que tuvo y mantuvo según se ventiló solo por conveniencia económica -poder seguir drogándose-, pero cuya supuesta relación sentimental con ella implicó exponerlo frente al mundo exterior, y Io sacaba de ese tradicional concepto de “hombre”, provocando un odio contra ella por su condicion de trans”, analizó el tribunal.

Transfemicidio Alejandra Ironici Juicio
La investigación fue encabezada por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual

La investigación fue encabezada por la fiscal Alejandra Del Río Ayala, de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual

Los jueces también fundamentan la denominación de la figura penal como “transfemicidio”, basándose en los mismos informes reseñados: “por su parte se limitaba a sugerir la procedencia de la utilización del término Trasvesticidio/transfemicidio desde una inferencia inductiva por analogía, al razonar que cuando alguien mata a la madre, comete matricidio y no hay reparo en utilizar dicha palabra en la sentencia; si matan al padre, parricidio; si matan a un hijo, filicidio; al hermano/a, fraticidio”, entonces cuando matan a una travesti o a una trans por su condición de tales, se debe hablar de travesticidio o transfemicidio, según el caso.

Y remarcan lo valorado en referido informe que “en el Código no se utiliza ni una sola vez, no existen las palabras parricidio, femicidio, matricidio, fraticidio, infanticidio, etc...; y si la pregunta es: ¿deben haber tantos sufijos ‘cidio’ como géneros?, la respuesta es sí, tantos ‘cidios’ como letras en el anagrama LGTIBQ. Porque la realidad, circunstancias y penurias de cada colectivo, la discriminación particular y estructural que atraviesan, es tan singular como sus propias identidades; ya bastantes negaciones tiene la vida del colectivo para que encima se niegue la fatalidad de su muerte y un nombre propio a su asesinato".

En el debate por el crimen de Alejandra Ironici "los testimonios dieron cuenta de la situación de seres humanos, que naturalmente advertían una identificación con un género distinto al que se le asignó al nacer en función de su sexo biológico, “y la consecuente transformación traumática de sus vidas al tomar la decision valiente de asumir esa identidad de genero auto percibida como ejercicio elemental de un derecho humano, el inmediato rechazo de la familia, la discriminación escolar y social, las consecuencias de exclusión laboral, educativa y social, que en muchos casos y fatalmente implicaba exclusión, marginalidad, persecución policial y penal”, recordaron los jueces.

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Alejandra Ironici fue la primera persona en cambiar su identidad de género

Alejandra Ironici fue la primera persona en cambiar su identidad de género

Los testigos manifestaron en el juicio las experiencias de las mayorías de los casos que ellos conocían, que se reflejaban en las estadísticas dadas por el colectivo, la situación de quienes deciden transitar al género auto percibido, siempre traía aparejada como única salida a situaciones de sobre vivencias extremas -dada la exclusion familiar, educativa, laboral y social-, como al ejercicio de la prostitution, que a su vez implicaba el acercamiento a la marginalidad, a la cercanía con el mundo de las drogas, en definitiva se cometía un verdadero “transfemicidio social” -según se describió por testimonio en juicio-.

“Esto se agrava además, por la forma de razonar por vía holística y aductiva, por la que los seres humanos procedemos natural y automáticamente a simplificar y sintetizar información -muchas veces en forma sesgada y errónea-. Así lejos de entenderse a la búsqueda legítima y natural de las identidades de género de las personas, se las toman desde un imaginario social vulgar, como “degeneraciones” vinculadas solo al hecho mundano de travestirse”, remarcan los fundamentos del tribunal.