Juan Orlando Verón y Lucas Emanuel Rodríguez fueron condenados a 12 años y medio de prisión como coautores de tentativa de femicidio en el marco de un juicio oral y público que se realizó en los tribunales santafesinos.
Los condenados, de 37 y 33 años respectivamente, actuaron en un contexto de violencia de género en el que los solían realizar disparos hacia las casas de mujeres que vivían solas o con menores de edad en el barrio La Ranita de la ciudad de Santa Fe.
La sentencia fue dispuesta por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Urdiales (presidente), Rosana Carrara y Nicolás Falkenberg, y la investigación fue comandada por las fiscales Luciana Escobar Cello y Jorgelina Mosser Ferro, de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual.
Las representantes del MPA señalaron que “los atacantes eran conscientes de que con su conducta delictiva podían matar a una de las mujeres amedrentadas y la llevaron a cabo de todas formas”.
Tras la lectura del veredicto, Escobar Cello y Mosser Ferro indicaron que “el resultado del juicio es muy positivo”. En tal sentido, explicaron que “los magistrados consideraron acreditada la atribución delictiva que realizamos e impusieron un monto de pena muy similar al que solicitamos en la acusación”.
Violencia de género
El ataque fue cometido alrededor de las 21 del lunes 13 de septiembre de 2021 en una casa del barrio La Ranita, ubicada en Menchaca al 9700. En el lugar se encontraban dos hermanas y un niño de pocos meses que es hijo de una de ellas.
Verón y Rodríguez ingresaron por la fuerza al patio delantero de la vivienda y dispararon varias veces con un arma de fuego hacia la puerta y las ventanas. Un proyectil impactó en la espalda de la víctima mientras ella sostenía en brazos a su sobrino, quien cayó al suelo y también resultó herido.
Las fiscales aclararon que “la mujer agredida logró sobrevivir gracias a la pronta y efectiva atención médica que recibió”, y que los condenados solían realizar disparos con armas de fuego hacia las casas en las que residían mujeres solas o con menores de edad, por lo que se configura el contexto de violencia de género.
“En ocasiones, además les decían que prenderían fuego los inmuebles”, agregaron las fiscales.
Por otro lado, en su alegato de clausura, las fiscales plantearon que el hecho ilícito fue cometido con dolo eventual. Al respecto, señalaron que “los atacantes sabían que con su conducta delictiva podían causar la muerte de alguna de las personas que estaban en la vivienda y actuaron de todas formas”.
Temas
Te puede interesar






