La sentencia fue dispuesta por la jueza Paula Borrello, en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló de forma remota en los tribunales de Venado Tuerto.
El fiscal Damián Casullo estuvo a cargo de las diligencias del caso y representó al MPA en la audiencia en la que se dispuso la condena. En tal sentido, aclaró que “Genestal Jalil continuará detenido en la provincia de Buenos Aires, donde también es investigado por haber cometido un robo”.
Pago
Casullo indicó que “en marzo de 2023, el condenado creó un usuario en la red social Facebook con un nombre femenino y agregó como ‘amigo’ a un hombre al cual contactó por el servicio de mensajería de esa plataforma”. A su vez, puntualizó que “intercambiaron números de teléfono e interactuaron también por ese medio, como si Genestal Jalil hubiera sido una joven menor de edad”.
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Por otro lado, señaló que “desde una línea diferente, el condenado se contactó con el hombre que creía haber estado en diálogo con una adolescente y le informó que ella tenía la intención de denunciarlo por acoso”. Al respecto, precisó que “se hizo pasar por policía, le dijo que estaba en una comisaría con el abogado de la joven y que ese profesional pedía 2 millones de pesos a cambio de no radicar la denuncia”.
“Entonces, Genestal Jalil usó la aplicación WhatsApp para enviarle a la persona chantajeada los datos de una cuenta bancaria a la que debía transferir el dinero solicitado si quería evitar una causa judicial que afectara su honor”, afirmó Casullo. “Momentos después, la víctima transfirió 150.000 pesos y compartió el comprobante con el supuesto uniformado”, especificó.
Con todo, el funcionario del MPA expuso que “aunque el condenado luego le insistió al hombre engañado para que le remitiera más dinero, él no lo hizo”.
En cuanto al delito de chantaje, el fiscal explicó que “es un tipo de extorsión”, y sostuvo que “en casos como éste, la víctima es obligada a disponer de su patrimonio para poder resguardar su honor o evitar la divulgación de un secreto”.