La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario rechazó que el exjefe de la Policía Federal de Santa Fe, Mariano Váldez, actualmente procesado por trafico de estupefacientes, sustracción de prueba y peculado, cumpla prisión preventiva de manera domiciliaria y así logre ser excarcelado del Instituto Penal Federal de Colonia Pinto (Santiago del Estero) donde cumple la medida cautelar.
El rechazo a la pretención de Valdés, fue resuelto por los jueces camaristas, Anibal Pineda y Elida Vidal, quienes tras analizar el pedido de la defensa del funcionario policial, a cargo de Silvio Omar Piorno, determinaron no hacer lugar y confirmaron el rechazo que había realizado el juez de primera instancia, Marcelo Bailaque, que actualmente se encuentra a cargo del Juzgado Federal N°2 de Santa Fe tras la renuncia de Francisco Miño.
El excomisario se encuentra detenido desde septiembre del 2019, cuando días después de haber sido baleado en la ruta 9, en un confuso hecho que hasta ahora no logró ser esclarecido, cuando iba acompañado por una agente de la federal. El mismo fue detenido por orden del fiscal Matías Edery del Ministerio Público de la Acusación, que tras cotejar testimonios y elementos recolectados estableció un estado de sospecha sobre el rol desempeñado por Valdés en el ataque en la autovía.
Por esa causa, la jueza penal de Villa Constitución, María Sol Usandizaga, ordenó su prisión. Posteriormente, la magistrada declaró la incompetencia y remitió las actuaciones a la Justicia federal de Santa Fe. Finalmente, dos meses después, la causa tuvo luz verde en el Juzgado Federal N°2 y se radicó en Santa Fe capital.
A fines de diciembre, el entonces juez Francisco Miño, procesó a Valdés por confabulación para el transporte de estupefacientes” agravado, “incumplimiento de deberes”, “sustracción de pruebas”, uso de bienes del Estado para el “provecho propio” y además “falso testimonio”, tras hacer lugar al pedido del fiscal del caso, Walter Rodríguez.
Cuatro meses después, la defensa de Valdes interpuso un habeas corpus ante el juez Bailaque tras sostener que su defendido es padre de dos menores de edad y como su madre no puede cuidarlas, ya que trabaja como Técnica Superior en Hemoterapia e Inmuno Hematología en un hospital de la localidad de Ramos Mejía y actualmente trata diariamente con pacientes enfermos con el coronavirus.
Leer más ► Caso Valdés: una pericia confirmó que el bolso secuestrado tenía restos de anfetaminas y éxtasis
Los jueces camaristas consideraron que no se advierte arbitrariedad, violación de normas constitucionales, ni que se haya agravado la condición de alojamiento del detenido, ya que la situación invocada se origina en un hecho externo, excepcional e inevitable, en el marco de la situación epidemiológica mundial, por el cual el acusado introdujo una pretensión morigeradora del cumplimiento de la prisión preventiva.
"No encontramos motivos como para dar curso a la presentación realizada a partir de esta vía de excepción, en razón de no apreciarse actos u omisiones arbitrarios emanados de la autoridad penitenciaria que impliquen un agravamiento en la forma y condiciones en que se cumple la privación de libertad", concluyeron los magistrados.
Temas
Te puede interesar


